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TRIBUNALES

Condenado un exconcejal de EH Bildu en Estella por un comentario ofensivo en Facebook

El exedil abertzale Asier Urzelai insultó en la red social al anterior jefe de la Policía Municipal de Estella. 

Coches de la policía municipal de Estella junto al Ayuntamiento
Coches de la policía municipal de Estella junto al Ayuntamiento

El Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Pamplona ha condenado a un exconcejal de EH Bildu en el Ayuntamiento de Estella por una intromisión ilegítima en el honor del anterior jefe de la Policía Municipal de la localidad. 

Los hechos se remontan a 2020, cuando EH Bildu recuperó la alcaldía de la localidad que ostentaba Navarra Suma tras el acuerdo al que llegó con dos tránsfugas del Partido Socialista de Navarra, que se aliaron con los abertzales para repartirse el poder. 

En concreto, Asier Urzelai Osés deberá indemnizar con 1.800 euros a Rodrigo García de Galdiano por un comentario ofensivo en Facebook, ya que lo calificó de "cabrón", algo que el juez considera como una vulneración del honor del ex jefe de la policía local. 

La sentencia señala que Urzelai comentó una noticia en la red social que se hacía eco de la vuelta al poder de EH Bildu. En respuesta a otro comentario de un usuario que señalaba “pobre jefe de policía municipal", el exedil a través de su usuario “Urze Lizarra” escribió: “Esperemos que vuele bien lejos!!! Menudo cabron!”.

El abertzale alegó en su defensa que su comentario no era una intromisión ilegítima en el derecho al honor y lo calificó como "derecho a la libertad de expresión". 

"Teniendo en cuenta el contenido de las expresiones vertidas por el demandado, no cabe sino declarar la existencia de una vulneración del derecho al honor del Sr.García de Galdiano", señala la sentencia tras la demanda interpuesta por el abogado Guillermo Chaverri, del despacho Chaverri y Loitegui de Pamplona. 

La acusación solicitaba una indemnización de 3.000 euros, si bien la juez considera que no se vierten "diversas expresiones ofensivas, sino que se trata de una única frase y con la utilización de una expresión “menudo cabrón” que está cercana a la normalización social". 

"No puede estar amparado en ningún caso la utilización de expresiones manifiesta y objetivamente ofensivas que supongan un demérito y menosprecio hacia esa persona. Esto es, en definitiva, no cabe insultar a otro amparándose en una pretendida libertad de expresión. Y la frase “menudo cabrón” es tenida públicamente como afrentosa y ofensiva", concluye el texto. 

El exconcejal de EH Bildu, según la sentencia, deberá también publicar el fallo de la sentencia en el medio utilizado para vulnerar el derecho al honor del demandante, es decir, en su página personal de Facebook, así como a retirar el comentario ofensivo. 


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