• martes, 19 de marzo de 2024
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CORRUPCIÓN

La justicia tumba todo el reparto de publicidad de Asirón y Bildu a los medios por dejar fuera a NAVARRA.COM

El TSJN da la razón a NAVARRA.COM que ha demostrado así como se amañó el reparto de 4 millones de euros de dinero público entre medios afines. 

El alcalde de Pamplona, Joseba Asiron, la concejala delegada de Acción Social y Desarrollo Comunitario, Esther Cremaes visitan los nuevos comedores municipales. MIGUEL OSÉS_1
El alcalde de Pamplona, Joseba Asiron, de Bildu, condenado por sus amaños con los medios afines. MIGUEL OSÉS

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra ha tumbado el reparto de publicidad institucional que Joseba Asirón (Bildu) ha efectuado durante toda la legislatura y ha declarado nulo todo el proceso por el que se benefició a los medios nacionalistas afines al alcalde y Geroa Bai, con la complicidad de Aranzadi, Podemos e I-E. 

NAVARRA.COM llevó a los tribunales las decisiones tomadas por Asirón de la mano de Alberto Gil, responsable de comunicación nombrado a dedo por el alcalde, que durante los cuatro años que han estado al frente del consistorio entregaron el dinero público entre los medios que ellos decidieron sin criterio alguno y dejando fuera en todos los casos a NAVARRA.COM.

La Sala de los Contencioso Administrativo del TSJN ha estimado el recurso interpuesto por NAVARRA.COM ante el Ayuntamiento de Pamplona y anulado la resolución del director de área de Gobierno Transparente, Alberto Gil Pérez Nievas, “dado que el Ayuntamiento ha incurrido en vía de hecho por falta de procedimiento, al adjudicar a diferentes empresas y medios de comunicación la publicidad institucional” desde la llegada de Bildu al poder.

En concreto, Asirón y Alberto Gil han distribuido cerca de 4 millones de euros de todos los pamploneses incumpliendo cualquier normativa y entregando sólo a los medios que ellos consideraban el dinero de todos los ciudadanos.

De esta manera, los medios afines a Bildu y Geroa Bai han recibido durante cuatro años cientos de miles de euros sin criterio ni propocionalidad de audiencia, unas cantidades sobre las que NAVARRA.COM solicitará ahora su devolución, tal y como fija la sentencia, que ordena que se declaren nulos todos los procesos desde el 1 de enero de 2016 y se convoque un reparto limpio y transparente.

NAVARRA.COM tuvo que recurrir a los tribunales después de que el consistorio de Bildu hiciera caso omiso a todos los procedimientos y repartir el dinero público de todos los ciudadanos basándose en un documento redactado por el propio Alberto Gil que fijaba “adjudicaciones directas” dentro de un plan denominado “Plan de actuación en materia publicitaria 2015-2019”.

A todos los efectos, este plan ha consistido en acuerdos directos exclusivamente el Bildu y Geroa Bai decidía, excluyendo de esta manera y de forma sistemática a NAVARRA.COM, periódico que como acreditan los medidores oficiales superaba con creces a muchos de los medios beneficiados por el dinero repartido por Asirón y que incluso lideró durante ese periodo los rankings de audiencia en Navarra, según certificaron OJD y Comscore.

El plan diseñado por Bildu no pasó tampoco por ningún órgano institucional ni hubo una convocatoria pública, por lo que se vulneró en todo momento el principio de igualdad.

La sentencia del TSJN señala que el consistorio actuó correctamente hasta el 31 de diciembre de 2015, momento en el que Bildu elaboró el plan alegando que de esta manera se primaría la “pluralidad”, en lugar de actuar mediante criterios de proporcionalidad.

Bildu, desde el consistorio, firmó contratos bilaterales con los medios llevando a cabo un procedimiento negociado sin publicidad, a pesar de que no existe un único adjudicatario, por lo que, según la sentencia, “se han celebrado distintos contratos con diferentes medios de comunicación”.

La sentencia deja claro que no se aprobó ningún documento que dejara claras las “condiciones técnicas ni administrativas, que es lo que garantiza la concurrencia en condiciones de igualdad de los interesados”.

El texto del TSJN deja claro que el plan redactado por Alberto Gil y Joseba Asirón se limita a sentar “unos criterios generales realizar una propuesta de reparto de las cantidades presupuestadas sobre la que directamente se ha contratado con los medios reseñados en el documento. No es un pliego que especifique condiciones técnicas, económicas y jurídicas sobre las que luego negociar la contratación y no ha sido aprobado por el órgano competente para aprobar pliegos en el Ayuntamiento de Pamplona por lo que no tiene la condición de acuerdo sino que es un mero documento interno que no da cobertura jurídica los contratos que se han celebrado”.

La sentencia deja claro que Asirón y su equipo no aprobaron un “pliego de condiciones esenciales de la contratación que es lo que se exige para este tipo de contratos por la normativa Navarra antes citada”.

El TSJN resalta, por ejemplo, como Diario de Navarra (Brandok) y Diario de Noticias (Zeroa Multimedia) pactaban con el consistorio recibir el dinero “sin más trámite y sin condiciones esenciales previas”.

Los medios entregaban una propuesta previamente pactada con Bildu y recibían todo el dinero que habían solicitado.

La Sala también demuestra que NAVARRA.COM solicitó los datos para concurrir a la inserción de publicidad institucional del Ayuntamiento de Pamplona, sin que hubiera respuesta de la administración.

“En definitiva, nos hallamos ante una contratación de la publicidad institucional del Ayuntamiento de Pamplona que no reúne los requisitos exigidos por la normativa vigente, pues habiéndose optado por el procedimiento negociado sin publicidad a pesar de que no existe un único adjudicatario , no consta aprobado el preceptivo documento de condiciones esenciales, de manera que el Ayuntamiento ha incurrido en vía de hecho por falta de procedimiento, al adjudicar a diferentes empresas y medios de comunicación la publicidad institucional contratada por dicha institución a partir del 1 de enero de 2016”, señala de manera contundente la sentencia.

A partir de ahora, se abre la vía judicial para la fase de ejecución, ya que la sentencia considera procedente repetir todos los procesos de adjudicación que ha declarado nulos.

NAVARRA.COM solicitará, por tanto, la anulación de todo el reparto de publicidad institucional del Ayuntamiento de Pamplona durante los años 2016, 2017, 2018 y 2019, la devolución de las cantidades entregadas y la repetición del proceso de contratación con un sistema transparente y de igualdad de oportunidades para todos los medios.


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