• viernes, 29 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Un violador en Pamplona pide rebajar su condena por la ley del "solo sí es sí" de Irene Montero

Se trata de un vecino de Pamplona de nacionalidad ecuatoriana que violó a su expareja en junio de 2020, por lo que fue condenado a 9 años y un día de prisión.

La periodista Nerea Pérez de las Heras, la ministra de Igualdad, Irene Montero, y la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga, durante el acto 'A ti te importa: Estrategia de Erradicación de la violencia contra la Infancia y Adolescencia'. MARTA FERNÁNDEZ / EUROPA PRESS
La periodista Nerea Pérez de las Heras, la ministra de Igualdad, Irene Montero, y la ministra de Derechos Sociales y Agenda 2030, Ione Belarra Urteaga, durante el acto 'A ti te importa: Estrategia de Erradicación de la violencia contra la Infancia y Adolescencia'. MARTA FERNÁNDEZ / EUROPA PRESS

Un condenado a 9 años de prisión por agresión sexual ha sido la primera persona en Navarra en pedir una rebaja de su pena, a 7 años, tras entrar en vigencia la ley del "solo sí es sí" impulsada por la ministra de Igualdad de Irene Montero.

Se trata de un vecino de Pamplona de nacionalidad ecuatoriana que violó a su expareja en junio de 2020, por lo que fue condenado a 9 años y un día de prisión por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial.

La sentencia, impuesta el 20 de diciembre de 2021, recoge también que el hombre tenía que indemnizar con 15.000 euros a la víctima además de no poder acercarse ni comunicarse con ella por un tiempo de 11 años.

Sin embargo, con la entrada en vigor de la nueva ley conocida como "solo sí es sí" promovida por Irene Montero y que permite a condenados por abusos sexuales y agresiones sexuales reducir sus penas, ha llevado a este vecino de Pamplona a solicitar una reducción de la misma.

En el juicio, tanto el fiscal como la acusación particular, ejercida por la víctima, solicitaron 12 años de prisión por el delito de agresión sexual y 2 años y 9 meses por el delito de malos tratos habituales. La defensa, por su parte, reclamó la absolución. 

Los hechos delictivos imputados se produjeron sobre las 1.30 horas del 1 de junio de 2020, después de que el inculpado y su expareja hubieran cenado en un restaurante. A esa hora, ambos se dirigieron a la Taconera, donde en un banco el acusado llevó a cabo la agresión sexual.

El delito de malos tratos habituales, por su parte, se perpetró con anterioridad, en los años que mantuvieron la relación sentimental, entre marzo de 2015 y febrero de 2020. La Audiencia considera probado que el encausado agredió de forma “constante y reiterada” a su entonces pareja, a la que también frecuentemente insultó y menospreció.

Ahora, la nueva normativa abre la vía a una posible reducción de la pena, para la que "habrá que tener en cuenta no solo la condena sino también las circunstancias acreditadas en la sentencia", tal y como ha explicado a EFE el abogado pamplonés Sergio Gómez.

Este caso es el primero de un condenado por agresión sexual ocurrido en Navarra en el que un reo solicita la revisión, si bien varias personas imputadas ya han pedido que se les aplique la nueva legislación o incluso la suspensión de su juicio para esperar a la entrada en vigor de la ley del "solo sí es sí" para que se les pudiera aplicar.


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