• jueves, 18 de abril de 2024
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TRIBUNALES

Un tribunal resuelve la nulidad del contrato de recogida de residuos en la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona

El Tribunal Administrativo de Contratos de Navarra ya había considerado ilegal el acuerdo del Consejo de Administración del 2014.

Planta de residuos (Efe).
Una planta de residuos, en una imagen de archivo. EFE

El Tribunal Administrativo de Contratos de Navarra ha resuelto la nulidad del pliego y del procedimiento sobre el contrato de recogida de residuos en el ámbito de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona.

Cabe recordar que dicho contrato (planteado para cuatro años y hasta seis más prorrogables año a año), fue adjudicado en el 2014 a FCC y dicha adjudicación fue recurrida por la empresa Urbaser ante el Tribunal de Contratos. Este tribunal emitió el 18 de febrero del 2015 una resolución que declaraba nula la adjudicación.

La resolución del Tribunal de Contratos fue recurrida por Servicios de la Comarca de Pamplona S.A. (SCPSA) ante la Sala de lo Contencioso–Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

En septiembre del 2018, el Tribunal de Justicia de Navarra estimó parcialmente dicho recurso y estableció que el Tribunal de Contratos incumplió la ley, al omitir la fase de alegaciones a las partes.

Con esa sentencia, el Tribunal de Contratos debía retrotraerse a aquel momento y facilitar que SCPSA pudiera ejercitar su defensa. Para ello, Servicios de la Comarca de Pamplona S.A., sociedad de gestión de la Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, emitió las alegaciones correspondientes.

En el acuerdo conocido esta tarde de martes, el Tribunal de Contratos reitera la nulidad del procedimiento por indefinición de las mejoras y por la arbitrariedad en la valoración de las ofertas en materia de innovación energética.

REINICIO DEL PROCESO

Aunque en el resto de cuestiones, el acuerdo da la razón a SCPSA, el acuerdo del tribunal vuelve a resolver la nulidad del pliego y del procedimiento, lo que implica el reinicio del proceso.

Tal como se indica en el acuerdo, este es firme en la vía administrativa, pero puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Navarra en el plazo de dos meses.

Los servicios jurídicos de MCP/SCPSA analizarán todos los extremos de este acuerdo para determinar las acciones que, en su caso, se pudieran emprender.


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