• jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 13:19
 
 

TRIBUNALES

El Supremo anula cinco condenas a miembros de Segi y rebaja otras dos

El navarro Ibon Esteban ha visto rebajada su pena, al no demostrarse que participara en actos de kale borroka.

Algunos de los once presuntos acusados de pertenecer a dos «taldes» (barrios) de Pamplona de Segi. EFE
Algunos de los once presuntos acusados de pertenecer a dos «taldes» (barrios) de Pamplona de Segi. EFE

El Tribunal Supremo ha modificado las siete condenas a miembros de Segi acordadas por la Audiencia Nacional el pasado mes de mayo y, así, ha anulado cinco de las penas y ha rebajado las restantes de seis a dos años de cárcel.

La Audiencia juzgó durante los meses finales de 2014 y hasta mayo de 2015 a 28 miembros de Segi, organización ilegalizada por su subordinación a ETA. La Fiscalía retiró, en diciembre de 2014, la acusación contra 12 de ellos. Finalmente, solo fueron condenados por la Audiencia Nacional siete.

Ellos son los que han recurrido ante el Supremo y de los cuales solo han sido condenados dos por un delito de integración en organización terrorista -y a penas menores-.

Los absueltos son: Marina Sagastizabal Emilio-Yus, Aiala Zaldivar Alvarado, Bergoi Madernaz del Pozo, Igarki Robles Martínez del Campo y Xabat Morán Ruiz. Ainhoa Villaverde Barrutiabengoa e Ibon Esteban Scaloni ven rebajadas sus penas a dos años de prisión.

En su sentencia, el alto tribunal recuerda que para apreciar delito de pertenencia a una organización terrorista satélite de ETA, como es Segi, su jurisprudencia exige una militancia activa y no solamente la mera adscripción.

El alto tribunal revisó los recursos de los reos el pasado 4 de noviembre y en la vista el fiscal asumió que el Supremo rebajara las condenas a seis años de cárcel por integración en la banda terrorista ETA que la Audiencia Nacional les había impuesto.

La rebaja de las condenas viene determinada, según solicitaron las defensas y aceptó el fiscal en la vista, por el nuevo Código Penal, el cual permite disminuir el castigo por delitos de terrorismo cuando el hecho juzgado sea de menor gravedad por los medios usados y los resultados obtenidos.

El Supremo señala en su sentencia que no se ha demostrado que Villaverde y Esteban hayan participado en actos de kale borroka ni que hayan impartido directrices para acciones violentas, tal y como consideraba probado la Audiencia. Por ese motivo acuerda rebajar en dos grados la pena, que pasa de 6 a 2 años de cárcel.

En cuanto a los absueltos, el Supremo considera que no se ha demostrado ni su militancia activa en la organización ni tampoco su participación en actos de violencia callejera.


  • Los comentarios que falten el respeto y que no se ciñan al tema de la noticia, podrán ser eliminados.
  • Cada usuario será el único responsable de sus comentarios.
El Supremo anula cinco condenas a miembros de Segi y rebaja otras dos