• jueves, 28 de marzo de 2024
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'CASO OSASUNA'

Los resultados de los supuestos amaños de partidos no beneficiaban a Osasuna

El juez reflexiona que en cualquier actividad deportiva no todo vale para lograr el triunfo y utilizar un fraude desprestigia a quien lo emplea

El exgerente de Osasuna, Ángel Luis Vizcay, a la salida de los juzgados de Pamplona.. PABLO LASAOSA.
El exgerente de Osasuna, Ángel Luis Vizcay, a la salida de los juzgados de Pamplona. PABLO LASAOSA.

En su exposición para decidir no imputar a Osasuna, el juez destaca que cualquier aficionado tiene asumido como uno de los principios esenciales de cualquier actividad deportiva que no todo vale para lograr el triunfo y que el triunfo obtenido con trampas, engaño o de cualquier otra forma fraudulenta desprestigia a quien las emplea.

Admitiendo, a efectos dialécticos –pues esta no es la resolución en la que debe resolverse sobre esa cuestión–, que los delitos de corrupción deportiva se hubieran cometido para alterar los partidos Betis-Valladolid, Espanyol-Osasuna y Betis-Osasuna, tal y como sostiene uno de los imputados, lo cierto es que la posibilidad de que Osasuna se mantuviera en la categoría era tan remota y dependía de tantas variables incontrolables y, a la par, estadísticamente improbables, que dicha circunstancia excluye que quepa considerar que los directivos y empleados del club, presuntos autores de los delitos de corrupción deportiva, actuaran en provecho del club desde un punto de vista objetivo.

El hecho de que los directivos presuntos autores de los delitos de corrupción deportiva se aferraran a una prácticamente inexistente posibilidad de que mediante un empate en el Espanyol-Osasuna y una victoria de Betis en el encuentro de este equipo con el Valladolid la penúltima jornada liguera, unida de una victoria de Osasuna frente al equipo andaluz en la última jornada, se evitara el descenso del club navarro no permite considerar que estos actuaran, objetivamente, en provecho del club, máxime cuando otras alternativas deportivas –por ejemplo que Osasuna ganara frente al Espanyol en la penúltima jornada e hiciera lo propio ante el Betis– hacían mucho más posible la salvación.

Y, sin embargo, el presunto pacto al empate con el Espanyol impedía dicho resultado ganador, que era mucho más favorable para Osasuna frente a la práctica certeza de descender con un resultado igualado como el que se produjo y, según Vizcay, se pactó.

Es claro, afirma el juez, que no parece una actuación objetivamente provechosa  para un club arruinado el dedicar 900.000 euros a pactar fraudulentamente unos resultados que no garantizaban de ninguna manera el objetivo presuntamente perseguido –la permanencia en Primera División– usando además un medio que constituía delito, sobre todo cuando existían otras alternativas legales, deportivamente en principio más favorables, como por ejemplo primar a los propios jugadores para echaran el resto y ganaran el partido Espanyol-Osasuna, resultado que daba más oportunidades de permanencia a Osasuna y además hubiera sido algo perfectamente legal. 

Es decir, recalca el magistrado, “los directivos presuntamente implicados en los hechos optaron por la peor de las posibles alternativas. No es que el resultado perseguido no se produjera como consecuencia de factores externos ajenos a la voluntad o control de los autores materiales de los delitos de corrupción deportiva investigados sino, que conforme a un juicio 'ex ante' la acción prometida (los amaños) no era provechosa para Osasuna desde una perspectiva objetiva e hipotéticamente razonable, sino todo lo contrario”.


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