• viernes, 29 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Prisión para tres miembros de la dirección de un club cannábico por traficar y favorecer el consumo de droga en Pamplona

La sociedad estaba registrada en el Censo de entidades del Gobierno foral como una asociación "de fumadores de cannabis sátiva y estudios".

Un joven fuma un canuto de marihuana en una imagen de archivo.
Un joven fuma un canuto de marihuana en una imagen de archivo.

El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado a tres hombres, que ejercían las funciones de presidente, secretario y tesorero de un club de cannabis en Pamplona, a ocho meses de prisión por un delito contra la salud pública.

El juez considera probado que los acusados constituyeron el 14 de julio de 2015 la Asociación Cannabis Social Club Underground en una bajera de la avenida Zaragoza de la capital navarra "encargándose de la compra de sustancias estupefacientes, marihuana y hachís, que posteriormente vendían a los socios, quienes pagaban la sustancia adquirida, además de una cuota anual de 50 euros".

La sociedad estaba registrada en el Censo de entidades del Gobierno de Navarra como una asociación "de fumadores de cannabis sátiva y estudios", contaba con estatutos y un proyecto urbanístico para la misma.

Asimismo, sobre las 1.10 horas del 2 de diciembre de 2016, una patrulla de Policía Municipal, que se encontraba controlando el horario de cierre de las bajeras, realizó una inspección en este local donde fueron aprehendidos 2.231,43 gramos de cannabis y 248,39 gramos de resina de cannabis valorado en 12.833,13 euros. Igualmente fueron aprehendidas dos balanzas de precisión, bolsitas de autocierre y 1.998,51 euros en metálico.

En su escrito, el juez considera que en esta asociación "hay un salto cualitativo y no meramente cuantitativo" entre el consumo compartido y la organización de "una estructura metódica, institucionalizada, con vocación de permanencia y abierta a la integración sucesiva y escalonada de un número elevado de personas". Algo que "en absoluto" es asimilable al consumo personal.

"Se aproxima más a una cooperativa que a una reunión de amigos que comparte una afición perjudicial para la salud, pero tolerada", continúa el escrito en el que se señala que "se hace por todo ello muy difícil admitir que no se considere favorecimiento del consumo la apertura de esa modalidad de asociación a un número indiscriminado de socios".

Por este motivo, el juez considera que los tres acusados, en tanto que responsables de la constitución de esta sociedad, "son responsables del favorecimiento del consumo de la droga a la que estaba destinada la misma".

Por este motivo, se les condena a cada uno de ellos a ocho meses de prisión y al pago de una multa de 8.000 euros como autores responsables de un delito contra la salud pública. La resolución no es firme y es susceptible de recurso de apelación ante este mismo juzgado.


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