• viernes, 19 de abril de 2024
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TRIBUNALES

La juez suspende el juicio señalado para abril por los supuestos delitos fiscales de Osasuna

Se celebrará en la Audiencia de Navarra después de que una de las defensas cuestionase la competencia del Juzgado de lo Penal.

El expresidente de Osasuna, Patxi Izco, acompañado de su abogado a la salida del juzgado. EFE
El expresidente de Osasuna, Patxi Izco, acompañado de su abogado a la salida del juzgado. EFE

El juicio contra diez exdirectivos y exempleados de Osasuna por supuestos delitos fiscales cometidos entre 2010 y 2013 se ha suspendido y no se celebrará en el Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona del 4 al 6 de abril como estaba señalado, sino en la Audiencia Provincial de Navarra en una fecha aun por determinar.

En un auto que puede ser recurrido, la juez de lo Penal ha estimado una cuestión de competencia planteada por el abogado del exdirectivo Juan Pascual, a la que se adhirieron el resto de acusados, para que la causa fuera enjuiciada por la Audiencia.

Esta defensa exponía que resultaría aplicable a las imputaciones relativas a las presuntas defraudaciones de IVA de los ejercicios fiscales de 2012 y 2013 una reforma del Código Penal de diciembre de 2012 cuando la cuantía defraudada sea superior a 600.000 euros la pena a imponer oscila entre 2 y 6 años de prisión.

Esta reforma impide al Juzgado de lo Penal tomar parte en este caso, ya que solo enjuician los delitos con penas de hasta 5 años de prisión, tope a partir del cual la competencia pasa a las audiencias provinciales.

El fiscal y la acusación particular, ejercida por el Gobierno de Navarra, se opusieron a la cuestión de competencia esgrimida por las defensas al entender que la reforma de 27 de diciembre de 2012 no resultaba íntegramente aplicable al año 2013.

La juez, sin embargo, considera que la reforma “legalmente debe aplicarse tanto al año 2013 como al año 2012, porque el delito no se consuma hasta el final del plazo de liquidación voluntaria a 31 de enero de 2014 y de 2013, respectivamente, dado que la correspondiente al cuarto trimestre puede presentarse hasta esa fecha, y conforme al Código Penal el cómputo es anual”.

La causa se abrió en virtud de una querella interpuesta por la Hacienda Tributaria de Navarra como consecuencia de actuaciones de comprobación e investigación.

Según el informe definitivo presentado por los peritos, las cuantías dejadas de ingresar por parte de Osasuna fueron en concepto de IVA 1.382.460,20 euros en 2010, 1.093.242,77 en 2011, 1.867.700,19 en 2012 y 704.383,18 en 2013.

Respecto al IRPF, los peritos establecieron las subsiguientes cantidades: 1.280.753,70 euros en 2010; 547.451,14 en 2011 y 572.214,66 en 2012.

En la vista oral se iba a enjuiciar al Club Atlético Osasuna como persona jurídica (es decir, como sujeto tributario obligado principal), así como a los expresidentes Patxi Izco y Miguel Archanco, el exgerente Ángel Vizcay, los exdirectivos Juan Antonio Pascual, José Manuel Purroy, Sancho Bandrés, Jesús Peralta y Jesús Manuel Ganuza, el excontable Tomás López y el exdirector general José Gómez.

A expensas del posible recurso que puedan plantear el Ministerio Fiscal o el Gobierno de Navarra, la juez de lo Penal ha acordado devolver la causa al juzgado de instrucción para que proceda a dictar la apertura de juicio oral ante la Audiencia Provincial de Navarra.


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