• viernes, 29 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

La Justicia navarra ratifica las nuevas medidas contra la Covid impuestas por Chivite

La Sala valora la "flexibilización" de las limitaciones de asistencia a actos de culto respecto a la medida anteriormente acordada por la Administración.

Los establecimientos hosteleros cierran las puertas tras las nuevas restricciones por la segunda ola del coronavirus. MIGUEL OSÉS
Los establecimientos hosteleros cierran las puertas tras las nuevas restricciones por la segunda ola del coronavirus. MIGUEL OSÉS

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha ratificado este jueves las medidas sanitarias contenidas en la Orden Foral 19/2021, de 1 de junio, por la que se adoptan medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad foral como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada de la Covid-19.

Por un lado, la Sala valora la "flexibilización" de las limitaciones de asistencia a actos de culto respecto a la medida anteriormente acordada por la Administración, puesto que "prescinde de porcentajes sobre el aforo máximo, que no fueron ratificados por esta Sala, y fija como medidas de seguridad una distancia interpersonal de 1,5 metros, junto con un límite de asistencia de 300 personas, que se justifican por la diferencia de los locales donde se practica el culto religioso y por la necesidad de evitar aglomeraciones de fieles, por más que se recomiende que las entradas y salidas se hagan de forma escalonada".

En cuanto al resto de medidas, el TSJN considera todas ellas "necesarias y proporcionadas". Y ha opinado que, "teniendo en cuenta los datos de evolución de contagios y cómo se producen los brotes, las restricciones de aforo de forma más intensa en espacios cerrados que al aire libre están justificadas y son proporcionadas por las circunstancias expuestas en el informe epidemiológico que se acompaña a la solicitud".

Así, señala que, con carácter general, aparte de que la Orden Foral "flexibiliza y aligera diversas limitaciones", estas "no impiden las actividades cotidianas, ni el comercio y actividades de servicios, ni los mercados que realizan su actividad en vía pública, ni la celebración de velatorios y entierros, o acudir a los cementerios, ni las celebraciones nupciales, comuniones, bautizos, confirmaciones, otras celebraciones sociales, familiares, religiosas o civiles u otros grupos de reunión, ni las actividades de comercio y servicios o la enseñanza en academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada y centros de formación, ni el acceso a bibliotecas, tanto de titularidad pública como privada, ni la actividad deportiva o el acceso a los parques infantiles y zonas deportivas de uso al aire libre, las piscinas o en centros culturales como los museos, cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares, congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos y similares, en el acceso a locales de juegos y apuestas, ni el transporte público".

Por otra parte, destaca que las limitaciones "se refieren específicamente a la reducción de aforos y no impiden el desarrollo de la actividad comercial en los locales, ni supone una prohibición total de la actividad".

La nueva orden foral de Salud, que entrará en vigor este viernes, amplía hasta el 50% el aforo de las grandes y medianas superficies y aumenta a 15 personas los grupos de actividades físico-deportivas dirigidas. Asimismo, incluye otras novedades como la regulación de la ocupación en espacios exteriores de piscinas en base a los metros cuadrados por usuario, mientras que no varían los horarios y aforos de la hostelería.

La nueva norma introduce medidas sanitarias con relación al culto, cuyo aforo, en vez de por un porcentaje, quedará marcado por el criterio de la distancia entre personas. Así, se establece la obligación de mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros entre personas (equivalente a 2,25 m2 por persona), y con un límite máximo de aforo de 300 personas.


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