• martes, 19 de marzo de 2024
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CASO 'LA MANADA'

El abogado de La Manada culpa a la presión social del aumento de la condena: "Lo que toda la sociedad quería"

La Fiscalía confía en que la decisión del Supremo sobre La Manada tenga un "efecto inmediato de prevención general.

Agustín Martínez de Becerra, abogado de la La Manada. PABLO LASAOSA 01
Agustín Martínez de Becerra, abogado de la La Manada. PABLO LASAOSA

El abogado defensor de los miembros de La Manada, Agustín Martínez Becerra, ha manifestado que no está "en nada de acuerdo" con el pronunciamiento del Tribunal Supremo elevando la condena a 15 años por violación ya que, según ha dicho, la sentencia guarda relación con "lo que toda la sociedad quería".

El letrado ha dicho que considera que no median "argumentos" suficientes para adoptar una decisión como la tomada por el Supremo respecto a sus defendidos. Agustín Martínez Becerra ha conectado esta sentencia con el escenario de que "el estado, el país, querían que les condenaran" por un delito de agresión sexual.

"Es lo que toda la sociedad quería, que se haya hecho justicia, eso es otra cosa", ha aseverado el abogado defensor de La Manada, quien ha avisado de que el Supremo "ha querido" pronunciarse de una modo en el que no lo habían hecho ni la Audiencia de Navarra ni el Tribunal Superior de Justicia de Navarra a la hora de abordar los hechos en cuestión.

LA FISCALÍA ESPERA UN EFECTO INMEDIATO

Por su parte, la Fiscalía General del Estado confía en que la decisión del Tribunal Supremo tenga un "efecto inmediato de prevención general" y que contribuya a que las mujeres víctimas de ese tipo de ataques "pierdan el temor, el miedo, a enfrentarse a sus agresores ante un tribunal".

En un comunicado, el Ministerio Público ha manifestado la "suma trascendencia" que, a su juicio, tiene el fallo de la Sala de lo Penal del Supremo porque "garantiza la seguridad jurídica que estaba reclamando la sociedad" en relación con la interpretación de los delitos contra la libertad sexual.

Además, destaca que supone una "revalorización del testimonio de la víctima frente a la pretensión de que ésta tenga que reforzar su palabra con actos o actitudes que no pueden sino poner en riesgo su integridad física". "Aclarando así el concepto de consentimiento, en el sentido en el que la Fiscalía ha venido defendiendo, sobre todo cuando se produce, como en este caso, una evidente intimidación ambiental sobre la víctima", apunta.

El fallo de los cinco magistrados confirma, según el comunicado, el criterio expuesto en la vista por la fiscal Isabel Rodríguez respecto al concepto de intimidación en los delitos contra la libertad sexual, ya que entiende que "el lugar aislado, angosto y la diferencia numérica entre agresores y víctimas, unido a su fuerte complexión que contrasta con la delgadez de la víctima, son circunstancias concurrentes y suficientes para considerar que existe intimidación ambiental, adecuada para vencer la resistencia de la víctima, sin que tal resistencia deba de ser heroica".

"La Fiscalía de Navarra, Fiscalía Delegada de Violencia sobre la Mujer y la Fiscalía del Tribunal Supremo, han apoyado desde el inicio a la víctima de este procedimiento, sosteniendo la acusación, formulando el recurso de apelación y hoy, defendiendo en la vista de casación los derechos de una mujer que sufrió una agresión sexual que nunca debió padecer ella y que ninguna mujer debe padecer en ningún momento", afirma.

LA DECISIÓN DEL SUPREMO

A uno de los miembros de La Manada, el ya exguardia civil Antonio Manuel Guerrero, el tribunal le condena a dos años más de cárcel, un total de 17, como responsable del delito de robo con intimidación del teléfono móvil de la joven madrileña víctima de los hechos. Asimismo, la Sala incrementa el importe de la responsabilidad civil a la que tiene derecho la víctima a la cantidad de 100.000 euros.

Además, se inhabilita a los cinco durante el tiempo de la condena, se les prohíbe acercarse a menos de 500 metros al domicilio, lugar de trabajo o cualquier otro que frecuente la víctima durante 20 años, y se les impone 8 años de libertad vigilada una vez cumplida la pena.

El fallo, que se ha adoptado por unanimidad, ha sido anunciado tras una deliberación de más de dos horas, que ha comenzado justo después de que concluyera la vista pública en la que los cinco magistrados de la Sala han escuchado los argumentos de acusaciones y defensas.

Tras esta deliberación, el alto tribunal considera que lo ocurrido en los Sanfermines de 2016 fue agresión sexual y no abuso, que es el delito por el que tanto la Audiencia Provincial como el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) habían condenado a 9 años de cárcel a José Ángel Prenda, Antonio Manuel Guerrero, Jesús Escudero, Ángel Pozas y Alfonso Jesús Cabezuelo.

Con el fallo del Supremo, la sentencia contra La Manada ya es firme, pero el encargado de ejecutar las penas deberá ser el tribunal enjuiciador, esto es, la Audiencia Provincial, que citará previsiblemente a los condenados para comunicarles que deberán ingresar en prisión.


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