• jueves, 18 de abril de 2024
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TRIBUNALES

La 'kale borroka' en Pamplona, a escena: la sala de apelaciones se inclina por no considerla terrorismo

Cuatro jóvenes fueron condenados a dos años de prisión por los violentos incidentes protagonizados el 11 de marzo de 2017 en la capital navarra. 

Violencia callejera en Pamplona tras una manifestación convocada por la izquierda abertzale llamando a la _autodefensa ante la represión_. MIGUEL OSÉS_4
Violencia callejera en Pamplona tras una manifestación convocada por la izquierda abertzale llamando a la "autodefensa ante la represión" MIGUEL OSÉS

La Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional ultima la sentencia que validará o rectificará la dictada el pasado junio por los incidentes ocurridos durante una manifestación el casco antiguo de Pamplona en 2017 que se saldó con condenas a dos años de prisión para cuatro jóvenes.

Fuentes consultadas por Europa Press señalan que el tribunal se inclina por no acoger la petición de la Fiscalía, que entiende que actuaron "siguiendo las directrices del entramado de ETA" y debieron ser condenados por un delito terrorista.

El tribunal de apelaciones ultima la redacción de la sentencia, del que es ponente el magistrado Enrique López, y que podría darse a conocer esta próxima semana según las mismas fuentes.

La resolución pivotará sobre si se estima o no, y la Sala se inclina por no hacerlo, la tesis del fiscal José Perals de que el delito de desórdenes públicos al que fueron condenados los jóvenes debería haberse calificado como terrorista, lo que aumentaría las penas hasta los 7 años de prisión para los cuatro encausados.

Si se cumple esta previsión la sentencia de apelación no será muy diferente a la dictada el pasado junio por Sección Segunda de la Sala de lo Penal, que consideran probada la participación de Asier P.B, Rubén I.B y Endika E.M, y Julen P.G en los hechos pero rechazaron que se trate de terrorismo puesto que para ello se tendrían que haber cometido "por una organización, grupo terrorista o individualmente pero amparados por ellos".

En el caso de estos disturbios, ocurridos el 11 de marzo de 2017, los jueces consideraron que ni el atestado policial ni las testificales de los agentes durante la vista oral celebrada los días 21 y 23 de mayo, hacen referencia precisa a la participación de una organización terrorista, más allá de que esta marcha, que no estaba autorizada, se desarrolló en el contexto de unas jornadas convocadas por la iniciativa 'Errepresioari Autodefensa', de la izquierda abertzale.

Por otro lado, la Sala ya tiene sobre la mesa los recursos contra la sentencia por las agresiones a dos guardias civiles y sus parejas en Alsasua (Navarra), en la que un total de ocho personas fueron condenadas también por desorden público, amenazas, lesiones y atentado a la autoridad, pero no por delitos terroristas como solicitó la Fiscalía.

El ponente de esta resolución será el magistrado José Ramón Navarro, que es también presidente de la Audiencia Nacional, y es probable que acoja gran parte de los razonamientos que aparezcan en la sentencia sobre los incidentes de Navarra.


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