• jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 20:35
 
 

TRIBUNALES

Los juzgados navarros atenderán por email o teléfono en los tres meses posteriores al estado de alarma

Lo ha decretado el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), Joaquín Galve, en un acuerdo.

Tribunal Superior de Justicia de Navarra. ARCHIVO
Tribunal Superior de Justicia. ARCHIVO

La atención al público en los juzgados y tribunales navarros se realizará por correo electrónico o teléfono durante el estado de alarma y hasta tres meses después de su finalización. Asimismo, en el caso de que se considere imprescindible la atención personal, el órgano judicial proporcionará cita y hora.

Así lo ha decretado el presidente del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), Joaquín Galve, en un acuerdo dictado por el trámite de urgencia que deberá ser refrendado el próximo lunes por la Sala de Gobierno del TSJN.

Según este acuerdo, la atención al público en cualquier sede judicial de la Comunidad foral se realizará por vía telefónica o a través de los correos electrónicos habilitados a tal efecto, siempre que sea posible en función de la naturaleza de la información requerida.

Los números de teléfono y las direcciones de correo electrónico de los juzgados y tribunales, de la fiscalía de las distintas sedes judiciales y de los demás servicios se encuentran publicados en la sede judicial electrónica de Navarra, y se pueden acceder a los mismos a través de la siguiente URL.

Las consultas o solicitudes de información se llevarán a cabo, preferentemente, por correo electrónico y, subsidiariamente, por vía telefónica, todo ello siempre que sea posible en función de la naturaleza de la información requerida.

En las consultas a través de correo electrónico deberá identificarse el profesional o ciudadano que realiza la consulta y la clase y número del procedimiento o expediente sobre el que realiza la consulta, así como el número del documento de identidad.

En caso de que el usuario desconozca a quién debe dirigirse, podrá contactar para recabar información con el Decanato del correspondiente partido judicial o, en su caso, con la oficina de reparto de la Audiencia Provincial o con la secretaría de la Fiscalía.

De igual forma, en las consultas telefónicas deberá identificarse el profesional o ciudadano que realiza la consulta y la clase y número del procedimiento o expediente sobre el que realiza la consulta, así como el número del documento de identidad.

En caso de que, en atención a las necesidades del servicio, por parte de la oficina correspondiente se considere imprescindible la atención presencial, el órgano correspondiente citará al interesado fijando el día y la hora de la cita.

Como regla general, el horario de atención al público mediante cita previa tendrá lugar en una franja horaria que va desde las 10 hasta las 13 horas. Cada órgano judicial concederá las citas con un intervalo de no menos de 15 minutos y siempre teniendo en cuenta la actuación a realizar.

El órgano emisor de la cita deberá identificar adecuadamente a la persona citada y le informará de las condiciones y requisitos a cumplir para llevar a cabo la cita. Solo será atendido, ya sea profesional o no lo sea, en el Juzgado para el que ha solicitado la cita y deberá de indicarse la puerta por la que debe de acceder al edificio.

Se le deberá informar de que la citación es personal, y que en caso de que por edad, enfermedad, estado físico, dificultad con el idioma, etc., deba venir acompañado debe indicarlo para hacerlo constar en la lista de asistentes y computarlos a efectos de aforo.

En la cita previa deberá indicarse que necesitará portarla el día que tenga que acceder al palacio y las medidas de seguridad que van a ser exigibles para poder acceder. Igualmente, se comunicará que, si por cualquier motivo no va a poder acudir finalmente, deberá hacerlo saber.


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