• jueves, 18 de abril de 2024
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TRIBUNALES

Estiman el recurso presentado por el Estado contra la colocación de una ikurriña en fiestas de Etxarri Aranatz

Este recurso contra la actuación del Ayuntamiento de Etxarri Aranatz es el tercero del Estado estimado por los tribunales tras los de Estella y Burlada. ​

Recurso ikurriña. MIGUEL OSÉS_1
Una imagen de archivo de una ikurriña. MIGUEL OSÉS.

La historia se repite. Tras los recursos presentados por el Estado contra las actuaciones de los Ayuntamientos de Estella y Burlada, ahora le toca el turno a Etxarri Aranatz. De esta forma, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo 3 de Pamplona ha estimado el recurso presentado por el Estado contra la colocación de la ikurriña en la fachada del Ayuntamiento de Etxarri Aranatz el pasado 29 de julio con motivo del lanzamiento del cohete de las fiestas patronales.

En su fallo, que puede ser recurrido en apelación, la sala recuerda que la ikurriña se exhibió junto a las banderas de España, de Navarra y de la localidad, y que lo hizo un particular, "pero no se lo impidió nadie del Ayuntamiento".

Añade también que la ley del uso de la bandera española y otras banderas determina que las que deben ondear en un edificio público son las de España, la comunidad autónoma y la local, que existe una recomendación de izar la bandera de Europa, y que era la derogada ley foral de símbolos la que regulaba la exhibición de otras enseñas.

Por tanto la actual normativa, precisa la sentencia, "no regula ni ampara la exhibición de la bandera de otra comunidad autónoma distinta a la Navarra, ni de la ikurriña en concreto".

Y al respecto el tribunal precisa la ley que derogó la de símbolos de Navarra se "remite a otra norma previo acuerdo político que aún no se ha alcanzado, sin que la mera referencia a pretender con la derogación una política de tolerancia e integración pueda suplir a una regulación normada de la cuestión".


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