• viernes, 29 de marzo de 2024
  • Actualizado 12:56
 
 

TRIBUNALES

Anulan en Navarra el primer acuerdo firmado entre un cliente y su banco para no reclamar la cláusula suelo

La primera sentencia fallada en este sentido en Navarra anula el acuerdo previo que la entidad bancaria ofreció al cliente, a quien debe devolver todo lo cobrado de más.

Imágenes de la fachada del Palacio de Justicia de Navarra y una bloque de pisos de nueva construcción. NAVARRA.COM
Imágenes de la fachada del Palacio de Justicia de Navarra y una bloque de pisos de nueva construcción. NAVARRA.COM

El juzgado de Primera Instancia número 7 de Pamplona, la sala especializada en cláusulas suelo de Navarra, acaba de declarar nulo un acuerdo firmado por un cliente con su banco según el cual, a cambio de una modificación en su hipoteca, renunciaba a emprender acciones legales o reclamar en el futuro sobre la cláusula abusiva que se le aplicó.

Aunque a nivel nacional varios jueces ya habían fallado en este sentido, se trata del primer fallo en Navarra que anula este tipo de acuerdos que los bancos alcanzaron con los clientes para tratar de frenar reclamaciones posteriores y podría sentar precedente de cara a nuevas reclamaciones judiciales al proceder del juzgado que se ha especializado en esta materia.

En este primer caso, se trata de un cliente de Caja Rural que firmó en septiembre de 2015 un acuerdo con la entidad por el cual se dejó sin efecto la cláusula suelo y se le estableció otro tipo de interés. El demandante reclamaba la devolución de todo lo cobrado por este concepto desde que firmase la hipoteca en 2004, amparándose en el "efecto propagador" de la nulidad de esta cláusula declarada abusiva.

Según explica la juez en su fallo, el banco alegó que al renunciar su cliente al ejercicio de acciones a través de este acuerdo, "está actuando contra sus propios actos, por lo que no procede la declaración de ninguna nulidad".

La magistrada considera que la declaración de las cláusulas suelo como nulas "ha de trascender" el acuerdo entre el cliente y su banco. "Lo que no cabe en nuestro derecho es pretender una sanación de una cláusula que es radicalmente nula y que, por abusiva, no puede producir efecto alguno, siendo que el negocio convalidante es nulo si el que pretende convalidar adolece de nulidad radical", reconoce en su sentencia.

4.000 NAVARROS EN ESTA MISMA SITUACIÓN

En Navarra, según estima la Asociación de Consumidores Irache, unas 4.000 familias se encuentran en esta situación tras haber firmado algún tipo de acuerdo con su entidad bancaria. Los bancos, tras conocerse que el Tribunal Supremo consideraba abusiva la cláusula suelo en 2013, trataron de alcanzar diferentes acuerdos con sus clientes.

Como ya advirtió Consumidores Irache, los acuerdos fueron mejorando a medida que pasaba el tiempo y las posibilidades de que el cliente ganase en los tribunales parecían mayores. Al principio, sólo se ofrecía bajar el suelo suprimirlo pero aumentando el diferencial pactado, y más adelante se proponía eliminar el suelo sin contraprestación o devolviendo algunas cantidades.

En diciembre de 2016, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea estimó la retroactividad total de la devolución de lo cobrado por cláusula suelo, puesto que se considera nula y no puede haber generado ningún cobro. De ahí que los clientes, tanto si habían firmado un acuerdo con el banco como si no lo habían hecho, reclamasen que se devolviera todo lo que sus bancos les habían cobrado.

Ahora esta sentencia, que es recurrible, emitida por el juzgado navarro especializado en la materia considera nulo este acuerdo firmado con una entidad bancaria de Navarra para no emprender nuevas reclamaciones y estipula que el banco debe devolver todas las cantidades cobradas por cláusula suelo a este cliente.


  • Los comentarios que falten el respeto y que no se ciñan al tema de la noticia, podrán ser eliminados.
  • Cada usuario será el único responsable de sus comentarios.
Anulan en Navarra el primer acuerdo firmado entre un cliente y su banco para no reclamar la cláusula suelo