• jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 13:32
 
 

TRIBUNALES

La juez confirma el archivo de la querella de la presidenta de Navarra contra Jaime del Burgo por amenazas

Reitera que las expresiones “cobarde” y “me la devolverás en vida” no son constitutivas de injurias ni de amenazas

Jaime del Burgo
Jaime del Burgo.

La titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Pamplona ha ratificado el archivo de la querella interpuesta por la presidenta del Gobierno de Navarra, Uxue Barkos, contra Jaime del Burgo Azpíroz.

La juez, que ha desestimado el recurso interpuesto por la asesoría jurídica del Gobierno foral, reitera que las expresiones “cobarde” y “me la devolverás en vida” vertidas en un correo electrónico enviado por Del Burgo a Barkos no son constitutivas de los delitos de injurias, amenazas y falta de respeto y consideración debida a la autoridad. “Las expresiones utilizadas pueden ser poco afortunadas, pero no dejan de ser una crítica a una decisión política adoptada por lo que no pueden constituir la falta de respeto que se reclama”, concluye.

El auto no es firme y, de hecho, la asesoría jurídica ya presentó ante la primera decisión tanto un recurso de reforma ­—ante la propia juez—, que se ha desestimado, y otro subsidiario de apelación ante la Audiencia de Navarra, que ahora comenzará a tramitarse.

En el recurso interpuesto contra el primer archivo de la querella, la asesora jurídica de la presidenta consideraba que debía calificarse como un delito de injurias la expresión “cobarde”. Al respecto, la magistrada explica que para que concurra el delito deben tratarse de “expresiones que tengan suficiente potencia ofensiva para agraviar la honra de la persona a la que se dirigen” y, en segundo lugar, que exista “la intención de producir un ataque a la dignidad ajena”.

En este supuesto, la juez sostiene que la finalidad de la expresión proferida “no era desprestigiar a la persona frente a los demás, sino mostrar una situación de enojo, ofuscación resentimiento o reclamación”. El honor es digno de protección, expone la magistrada, pero esa protección no en todos los supuestos debe derivarse al ámbito penal y, desde luego, en este caso no procede”, sin perjuicio de las acciones civiles que podrían ejercitarse.

Respecto al delito de amenazas, la magistrada detalla que se caracteriza por “el anuncio consciente de un mal futuro, injusto, determinado y posible, con el único propósito de crear intranquilidad de ánimo, inquietud o zozobra en el amenazado”. Según afirma en el auto, la frase “me la devolverás en vida” tampoco constituye un delito de amenazas, ya que se trata de “una expresión vertida en el seno de un enfado y enfrentamiento” a consecuencia de una medida adoptada con la que el querellado estaba en desacuerdo. Para la juez, la expresión “puede ser socialmente desafortunada pero no constituye un ilícito penal”.

Por último, sobre el delito de falta de respeto y consideración debida a la autoridad, la magistrada indica que es necesaria la existencia de expresiones incorrectas, excesos verbales o conductas irrespetuosas a la autoridad, que revelen el ánimo ofensivo, de desconsideración, o la voluntad de faltar al respeto debido a la función que representan.

En este caso, razona la juez, el correo electrónico “se remite en un ámbito privado, marcado por el enfado, disgusto y enfrentamiento a una decisión adoptada por la presidenta del Gobierno, que en su calidad de tal ha de estar sometida a la crítica pública”.


  • Los comentarios que falten el respeto y que no se ciñan al tema de la noticia, podrán ser eliminados.
  • Cada usuario será el único responsable de sus comentarios.
La juez confirma el archivo de la querella de la presidenta de Navarra contra Jaime del Burgo por amenazas