• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

La Fiscalía insiste en la agresión sexual: la Manada intimidó a la chica, que no pudo ni resistirse ni pedir auxilio

El ministerio fiscal solicita la condena por agresión sexual y asegura que la joven no pudo hacer nada por miedo a sufrir males mayores. 

José Francisco Cobo durante la lectura de la sentencia de la manada. PABLO LASAOSA 02 (4)
José Francisco Cobo durante la lectura de la sentencia de la manada. PABLO LASAOSA

La Fiscalía de Navarra ha pedido que se revoque de manera íntegra la sentencia inicial de la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra y que se condene a los cinco miembros de La Manada por un delito continuado de agresión sexual, que podría comportar penas de más de 15 años de cárcel.

Basa su argumento en resaltar que la joven no sufrió violencia de manera directa, pero que fue intimidada por cinco hombres de mayor edad, en un lugar recóndito y sin oposición alguna de oposición de la víctima, que optó por dejarse llevar ante el temor de sufrir otras consecuencias. Además, todo fue agravado por la acción conjunta de dos o mas personas, como recoge el código penal. 

La primera sentencia les condenó a los cinco procesados por un delito de abuso sexual con prevalimiento (superioridad) a 9 años de prisión. Además, la Fiscalía solicita que se condene a dos de ellos por un delito contra la intimidad por la grabación de las imágenes de los actos sexuales y a otro de ellos a un delito de robo con intimidación por el robo del móvil de la chica en el interior del portal.

El recurso ha sido presentado ya ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra que elevará los escritos ante la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJN. Una vez cuente con toda la documentación, incluidas las oposiciones entre las partes, comenzará su reflexión sobre el caso. Se espera que la nueva sentencia que confirme o modifique la inicial no se conozca hasta después de verano, probablemente. 

La Fiscalía mantiene que está conforme con los hechos probados en la sentencia. "No existe ni ausencia ni insuficiencia de prueba de cargo", explica en el texto. 

"Nuestra discrepancia se centra en la calificación jurídica de los hechos probados", mantiene la Fiscalía, que considera que se ha producido una infracción de Ley por la incorrecta aplicación de los preceptos en la distinción entre abuso y agresión. 

"Ambos delitos exigen algunos requisitos del tipo coincidentes, siendo la diferencia sustancia entre ambos que la agresión sexual requiere además que concurra violencia o intimidación. En ambos casos, el bien jurídico protegido es la libertad sexual de la persona". 

La Fiscalía basa su argumentación en demostrar que sí hubo intimidación en el caso de La Manada, tal y como sostienen los hechos probado de la sentencia. "Basta que la intimidación sea suficiente dadas las circunstancias concurrentes y que resulte bastante para someter o suprimir la voluntad de resistencia", añaden. 

"Los hechos probados ponen de manifiesto que concurrió una intimidación grave, por la superioridad física y numérica de los acusados, así como por las circunstancias del lugar o intimidación ambiental", razona el ministerio fiscal en su recurso, que explica de manera pormenorizada cómo sucedieron los hechos en el rellano de Paulino Caballero

"En esta situación caben diversas reacciones: una reactiva de lucha, defensa, petición de ayuda. Otra de pasividad, ya sea con rigidez o con relajación y por último una incluso de acercamiento o cierta amistad con el agresor para evitar males mayores y conseguir que concluya cuanto antes", considera.

En su caso, la Fiscalía entiende que la denunciante reaccionó de modo intuitivo, la situación provocó en ella un embotamiento de sus facultades de raciocinio y desencadenaron una reacción de desconexión y disociación de la realidad que le hizo adoptar una actitud de sometimiento y pasividad, determinándole a hacer lo que los procesados le decían que hiciera". 

El ministerio fiscal ahonda además en su defensa de que los hechos fueron intimidatorios al remarcar que la denunciante fue introducida en el portal de "forma sorpresiva y brusca, con superioridad numérica y con una atmósfera coactiva". 

Aunque reconoce el texto que no hubo una amenaza explícita por parte de los acusados, mantienen que ello no es exigido por la jurisprudencia por la que víctima puede percibir que su oposición o su resistencia le puede suponer mayores males. "Los procesados generaron temor en la víctima, no tenía opción de resistencia, oposición, defensa, huida o petición de auxilio. Una negativa, de nada hubiera servido". 

En el mismo recurso, el ministerio fiscal añade que en ningún momento se le preguntó a ella si quería mantener relaciones sexuales, "por lo que lo razonable no es exigir a la víctima que exprese, una vez que se encuentra en una situación de extrema vulnerabilidad y riesgo, su negativa".

El recurso también añade que todas las prácticas sexuales a las que sometieron a la mujer fueron humillantes y ultrajantes

LA DEFENSA, ABSOLUCIÓN

Cabe recordar que hace unos días el abogado de 4 de los 5 condenados presentó su recurso de apelación el que pide la absolución de todos ellos y la puesta en libertad de los acusados. 

En el recurso se argumenta que durante el proceso no se mantuvo la presunción de inocencia de los acusados debido al interés mediático del caso y se intentó justificar la denuncia de "credibilidad compleja" con informaciones que presentaban a los encausados de una manera "zafia" y ya culpables. 

"Podríamos definir como una autentica cacería mediática la difusión de mensajes, conversaciones, grabaciones e imágenes que han ido directamente a minusvalorar hasta niveles infrahumanos la condición personal de los mismos", se reseña en el texto firmado y elaborado por el abogado Agustín Martínez Becerra. 

Uno de los principales hilos argumentales del recurso se basa en las "constantes contradicciones" ofrecidas por la denunciante según las distintas versiones de sus declaraciones. 

Así, se deja de manifiesto que durante la declaración en el juicio, la mujer negó que le hubieran metido con fuerza en el portal, que le hubieran tapado la boca, que le hubieran dicho que no gritara, que se hubiera intentado zafar o que se hubiera despertado desnuda y sola en el portal cuando terminaron las relaciones. 

"No grité porque tampoco sabía que iba a pasar esto” o “no sentí miedo ni intimidación”, son algunas de las afirmaciones que se destacan en el recurso para tratar de convencer ahora a los jueces que las relaciones fueron consentidas y no hubo ni abuso ni agresión sexual. 

Puedes leer aquí el recurso de los condenados:  El recurso de La Manada: "Ha sido una cacería mediática, las contradicciones de ella son constantes".


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