• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Bomba fallida en Cintruénigo: condena a 52 años de cárcel al etarra Guridi Lasa por el intento de atentado

La Audiencia Nacional impone a Guridi Lasa dos penas de 19 años cada una por sendos delitos de asesinato terrorista en grado de tentativa. 

El etarra José Ignacio Guridi Lasa, alias "Xabi". EFE
El etarra José Ignacio Guridi Lasa. EFE

La Audiencia Nacional ha condenado a 52 años de cárcel al miembro de ETA José Ignacio Guridi Lasa por la colocación de un artefacto --que no llegó a explosionar-- en una maceta que se encontraba en el alfeizar de un adosado de Citruénigo.

Si bien ETA pensaba que allí vivía un guardia civil, la realidad es que cuando se perpetró el intento de atentado (noviembre de 2000), casa estaba habitada por una mujer y un niño de corta edad que nada tenían que ver con los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.

En la sentencia, los magistrados de la Sección Primera de la Sala Penal imponen a Guridi Lasa dos penas de 19 años cada una por sendos delitos de asesinato terrorista en grado de tentativa con la concurrencia de la agravante de reincidencia, y otros 14 años por estragos terroristas en grado de tentativa, tal y como solicitaba la Fiscalía de la Audiencia Nacional.

Por otro lado, la Sala también acuerda además prohibir Guridi Lasa que vuelva a la localidad navarra de Cintruénigo durante los 8 años siguientes al cumplimiento de la pena privativa de libertad.

En la resolución se explica además que durante el juicio oral Guridi se acogió a su derecho a no declarar pero en su turno de última palabra, manifestó haber sido militante de ETA, aceptó y reconoció el daño ocasionado y expresó su respeto hacia las personas dañadas.

Según los hechos probados de la sentencia Guridi, que formaba parte del comando 'Totto' de ETA, junto con otros dos componentes del mismo y siguiendo las órdenes del responsable del mismo, colocaron el artefacto en la ventana que daba al salón comedor de la vivienda, en la primera planta, "con el objetivo de causar la muerte de un miembro de la Guardia Civil que residió en la misma en régimen de alquiler hasta el mes de marzo de 1996".

Tanto en el escrito de calificación de Fiscalía como en la sentencia del tribunal, se explica que el artefacto estaba en una fiambrera de plástico que colocaron dentro de la jardinera. Dentro de la maceta ubicaron también dos chapas metálicas, para que sirvieran de metralla al estallar, y 10,4 kilogramos de explosivo 'titadyne'. El montaje, que camuflaron poniendo tierra en la parte superior y las plantas habituales de dicho macetero, begoñas, disponía de un sistema de retardo por relojería que contaba con un reloj Casio a modo de interruptor.

Pero el artefacto no llegó a explosionar, indica la resolución, debido a la interrupción del fluido eléctrico del circuito, ocasionada por la rotura de los hilos conductores del cableado en alguna de las conexiones del dispositivo. Posteriormente, el 28 de enero de 2001, el artefacto fue hallado, procediéndose a su retirada y desactivación por especialistas del GEDEX de la Guardia Civil de Navarra.

CONSECUENCIAS GRAVES

De haber funcionado el mecanismo, "la explosión del artefacto, dada su potencia, de haberse producido, hubiese causado la muerte de cuantas personas se encontraban en la vivienda, que en la fecha de los hechos, como ya se ha manifestado, estaba habitada por una persona adulta y su hijo menor, de cuatro años de edad".

Y añaden que hubiese ocasionado graves daños en el suelo y en el techo de la habitación, que se correspondía con el suelo de la primera planta. Las fachadas lateral y posterior de la vivienda hubiesen resultado prácticamente destruidas debido a su proximidad al foco de explosión y la fachada delantera situada en la pared opuesta al lugar donde se encontraba colocado el artefacto hubiera sufrido graves desperfectos, al igual que todos los objetos y enseres que se encontraban en la referida habitación.

Asimismo, habría afectado a las casas cercanas, "generado daños enormes y graves no sólo en ese frente, sino también en esas viviendas aledañas, producto de la presión y la onda expansiva que igualmente habría alcanzado a coches, viviendas e incluso lesionado a personas que estuviesen o pasasen por allí al momento de la explosión, que les habría motivado lesiones muy probables".

EL COMANDO 'TOTTO'

Según explicó en si escrito de acusación la Fiscalía, el acto fue reivindicado en diciembre de 2000 en un boletín interno de la organización terrorista (Zutabe) ETA y posteriormente mediante un comunicado en Gara en enero de 2001. También fue reivindicado en 2004 en la publicación de ETA denominada Zuzen.

Guridi Lasa ya ha sido condenado previamente por un delito de atentado y daños terroristas en 2000, por subversión del orden constitucional o alterar la paz pública en 2002, por estragos terroristas y detención ilegal en 2004, por delitos de atentado terrorista y estragos terroristas en 2004, por delito de colaboración con terroristas, falsedad documental con fines terroristas, robo de vehículo, detención ilegal y tenencia ilícita de armas en 2005, y por estragos y lesiones de carácter terrorista también en 2005.

Los otros miembros del comando 'Totto' así como su responsable en la organización no han sido juzgados en esta causa al estar pendiente la resolución de la orden europea de detención (OEDE) por las autoridades francesas.


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