• miércoles, 24 de abril de 2024
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TRIBUNALES

Una empresa navarra deberá indemnizar con 2,2 millones de euros a sus trabajadores despedidos

El sindicato ELA ha considerado que la sentencia del TSJN que declara nulo el ERE para el despido de los 28 trabajadores del concesionario Cirmauto sienta un precedente.

El TSJN declara ilegal el cierre de Cirmauto y fija 2,2 millones como indemnización para la plantilla despedida. ELA SINDICATO
El TSJN declara ilegal el cierre de Cirmauto y fija 2,2 millones como indemnización para la plantilla despedida. ELA SINDICATO

El sindicato ELA ha considerado que la sentencia del TSJN que declara nulo el ERE para el despido de los 28 trabajadores del concesionario Cirmauto sienta un precedente en el sentido de que "no todo vale" durante la tramitación de este tipo de expedientes.

En conferencia de prensa, Sonia Ontoria y Carlos Sarasa, responsables de Negociación Colectiva y del área de Industria de ELA en Navarra, respectivamente, han destacado que la sentencia, que es recurrible, lanza "una advertencia" tanto a la patronal como al Gobierno de Navarra y a otros sindicatos.

EL EXPEDIENTE DE REGULACIÓN DE EMPLEO

La dirección de Cirmauto comunicó en octubre de 2021 su intención de despedir a las 28 personas de la plantilla y cerrar la empresa. La plantilla se opuso al ERE y comenzó una huelga indefinida a principios de noviembre.

La plantilla, representada por ELA, exigió al Gobierno de Navarra que se implicase para evitar la destrucción de empleo y el cierre de una empresa que los trabajadores consideraban viable. Al respecto, Sarasa ha denunciado la "desidia" de la empresa en los últimos quince años en el mantenimiento de la actividad del concesionario.

El ERE finalizó sin acuerdo y el comité denunció el expediente en los juzgados.

LA SENTENCIA

Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha declarado nulo el ERE de Cirmauto fundamentalmente por dos cuestiones:

Porque el periodo de negociación "no se realizó de buena fe", ya que "no hubo ninguna propuesta por parte de la empresa, que se limitó a cumplir las formalidades de la ley", destaca ELA.

Porque el cierre patronal realizado por la empresa supuso una vulneración del derecho de huelga que se traduce en la nulidad del ERE.

CONSECUENCIAS DE LA SENTENCIA

Ontoria ha subrayado que, como la empresa ya está cerrada una vez que se ha declarado nulo el ERE, es imposible la readmisión de la plantilla. Esto supone que Cirmauto deberá abonar las cuantías correspondientes a un despido improcedente, así como los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (10 de diciembre de 2021) hasta la fecha de la sentencia (3 de octubre de 2022). Además deberá abonar 10.000 euros a ELA por la vulneración del derecho de huelga. En total, la empresa deberá pagar más de 2,2 millones de euros a una plantilla de 28 personas.

UNA SENTENCIA QUE SIENTA UN PRECEDENTE

Ontoria ha asegurado que esta sentencia sienta un importante precedente y lanza "una advertencia" a la patronal en el sentido de que, al tramitar un ERE, no basta con "cumplir las formalidades", sino que es necesaria una "voluntad real de negociar".

Además, ha opinado que lanza una "advertencia directa" al Gobierno de Navarra, cuya "inactividad" en los ERE que se presentan supone colocarse del lado de los "intereses" de las empresas y no de los trabajadores.

Ha resaltado que la sentencia lanza otra "advertencia" a sindicatos que, "bajo la excusa de la responsabilidad, firman acuerdos que terminan destruyendo empleo".


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