• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Las defensas de los acusados por el 'caso Alsasua' exigen apartar a la juez por estar casada con un guardia civil

La Audiencia Nacional ha rechazado que se aparte a la magistrada Espejel, al considerar que las peticiones son "extemporáneas" 

Miles de personas se manifiestan en Alsasua a favor del pueblo. PABLO LASAOSA15
Miles de personas se manifiestan en Alsasua a favor del pueblo. PABLO LASAOSA15

Las defensas de los jóvenes de Alsasua procesados por agredir en un bar a dos guardias civiles y sus parejas han solicitado la abstención y subsidiariamente la recusación de la magistrada de la Sección Primera de la Audiencia Nacional, Concepción Espejel, para "garantizar el derecho de los acusados a un juez imparcial".

En el escrito registrado este jueves se indica que la razón de la recusación es "la existencia de un interés directo o indirecto de la citada magistrada en el proceso judicial, en atención a sus estrechos vínculos con la Guardia Civil".

Y se afirma que Espejel está casada con un Coronel de la Guardia Civil, de lo que "derivan lazos psicológicos o conexión afectiva intensa" con el instituto armado, que le ha distinguido con la Orden del Mérito de la Guardia Civil por "acciones o conductas de extraordinario relieve que redunden en el prestigio del Cuerpo de la Guardia Civil e interés de la patria".

Para los letrados "es evidente" que estos "lazos" de la juez con la Guardia Civil "ponen gravemente en entredicho su imparcialidad y serenidad de ánimo para decidir en la presente causa, y añade asimismo que "los acusados no pueden sentirse imparcialmente juzgados cuando forma parte del Tribunal, como presidenta, una magistrada en quien concurren las citadas circunstancias".

De ahí su petición con el propósito, dicen, "de garantizar el derecho de los acusados a un juicio justo y con todas las garantías, entre las que sin duda se incluye el derecho al juez imparcial, todo ello sin mengua alguna del debido respeto a la persona y a la labor profesional de la magistrada concernida".

Y agregan que las circunstancias de Espejel "resultan especialmente relevantes" en un proceso en el que se acusa a ocho personas "de gravísimos delitos de carácter terrorista, y por los que se interesan penas extraordinariamente elevadas, por una conducta vinculada, como se expone literalmente en el escrito del Ministerio Fiscal, a un supuesto sentimiento de odio hacia la Guardia Civil".

A esta acusación se añade la relación con el movimiento Alde hemendik (fuera de aquí), que rechaza la presencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y las Fuerzas Armadas en Navarra, según la Fiscalía, que sitúa como finalidad de sus acciones el "influir de manera negativa en la calidad de vida" de estos funcionarios y su entorno "como paso previo a su exclusión social".

Se trataría por tanto de enjuiciar no unas agresiones consideradas de forma aislada sino en el marco de campaña de acoso a la Guardia Civil, según sostienen informes del propio cuerpo, dicen los letrados, que subrayan igualmente para ahondar en esta idea el hecho de que en el caso esté personado un sindicato de la Benemérita. 

LA AUDIENCIA NACIONAL RECHAZA LAS PETICIONES POR "EXTEMPORÁNEAS"

La sección primera de lo penal de la Audiencia Nacional ha rechazado por "extemporáneas" las peticiones de los acusados de la agresión a dos guardias civiles y sus parejas en 2016 en Alsasua de apartar a la magistrada Concepción Espejel del tribunal que juzgará los hechos el próximo 16 de abril.

En un auto, la sección, integrada por la misma Espejel, Manuela Fernández Prado y Eduardo Gutiérrez, recuerda que la ley exige plantear la recusación tan pronto como se conozca el tribunal que va a juzgar la causa y que "se inadmitirán" aquellas peticiones que no se realicen en un plazo de 10 días desde la notificación de la primera resolución en la que se da a conocer a los jueces encargados del procedimiento.

En este caso, señala el auto, se sabía que Espejel iba a juzgar estos hechos desde junio de 2017, cuando la juez tomó posesión como presidenta de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional y de la sección primera.

Sin embargo, las defensas plantean en el incidente de recusación presentado este viernes que hasta el pasado 13 de febrero no conocieron la intervención de Espejel en el tribunal encargado de juzgar los hechos, algo que, según el auto, "no puede estimarse así".

Señalan los jueces que "si las causas de recusación eran previamente conocidas por su publicidad, el plazo para plantearlo empezó a correr, al menos, desde la resolución del 21 de junio de 2017 de confirmación del auto de conclusión", la primera que firmó Espejel.

Con esta decisión de la Sala, Espejel seguirá al frente del tribunal que juzgue desde el próximo 16 de abril esta agresión, en la que los ocho acusados se enfrentan a una petición fiscal de entre 12 y 62 años de prisión por delitos de lesiones terroristas o amenazas terroristas.

Espejel ya ha sido recusada en varias causas por su afinidad al PP, como el caso Gürtel y el caso Bárcenas, de los que fue apartada.


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