• jueves, 25 de abril de 2024
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TRIBUNALES

Despiden a una empleada de Correos en Navarra por coger 420 euros de la caja de la oficina sin permiso

La sentencia considera el despido procedente porque la mujer lo hizo sin el consentimiento de su supervisor y quebrantó la buena fe contractual. 

Oficina de Correos en el Paseo Sarasate de Pamplona. IÑIGO ALZUGARAY
Oficina de Correos en el Paseo Sarasate de Pamplona. IÑIGO ALZUGARAY

Una trabajadora de Correos en Navarra ha sido despedida después de que reconociera que había cogido sin autorización 420 euros de la caja de la oficina. 

La Sala de lo Social del TSJN ha estimado el recurso presentado por la Abogacía del Estado en Navarra en nombre de Correos contra la sentencia inicial del Juzgado de lo Social nº 4 que se había pronunciado de manera contraria al despido de la empleada, obligando a su readmisión

La sentencia, contra la que cabe recurso de casación, considera la procedencia del despido al entender que la trabajadora "quebrantó gravemente la buena fe contractual y la confianza legítima de las relaciones de trabajo" dado que sustrajo dinero sin que sea importante la cuantía. 

La empleada fue sancionada primero administrativamente por las normas disciplinarias de Correos, que tipificaban el despido en estos casos, ya que existían órdenes que prohibían los conocidos como "vales de caja" y había sido ya reprendida por su supervisor por haber cogido en una primera ocasión dinero de la oficina. 

La mujer se llevó en junio de 2007 300 euros de la caja central de la oficina, aunque dejó anotación de que había sido ella. Además, sólo unos días después, volvió a coger otros 120 euros, esta vez sin dejar anotación alguna de que había sido ella. No devolvió ninguna de estas cantidades, que se descubrieron después en una auditoría que detectó la falta de 428 euros. 

Según se ha podido conocer ahora, la mujer había procedido de la misma manera en otras ocasiones, aunque siempre había dejado anotación y había procedido a la reposición de las cantidades sustraídas

La propia trabajadora reconoció durante el juicio que el jefe de la oficina le había advertido de la incorrección de estas prácticas. Su superior declaró que la empleada había "abusado" de su confianza y que desconocía lo que la mujer se "traía entre manos". 

"Cabe imputar a la sentencia de instancia la incorrecta aplicación del principio de proporcionalidad y de la teoría gradualista al resultar obvio que la actora quebrantó gravemente la buena fe contractual y la confianza legítima en que se sustentan las relaciones de trabajo, dado que sustrajo dinero, sin que sea necesario la determinación de su cuantía, siendo tal conducta merecedora de la sanción disciplinaria impuesta, por lo que procede estimar el recurso, revocar la sentencia de instancia y, en su lugar, calificar el despido como procedente", concluye la nueva sentencia. 


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