• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Confirma la absolución de un hombre acusado de abuso sexual a una menor en Pamplona

El TSJN ha desestimado el recurso de apelación presentado por la acusación particular.

Una habitación con un sofá-cama de una imagen de  archivo. FLICKR
Una habitación con un sofá-cama de una imagen de archivo. FLICKR

La sala de la Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la absolución de un acusado de abusar sexualmente de una menor al desestimar el recurso de apelación presentado por la acusación particular.

Los hechos fueron juzgados en la Audiencia de Navarra, que absolvió al acusado, como ahora avala el TSJN, al considerar que los mismos "no han quedado suficientemente acreditados".

Al respecto la sentencia indica que en su recurso la acusación particular entendió que la declaración de la víctima "es prueba de cargo suficiente para enervar la presunción de inocencia" y que además la de la menor cumplió "los parámetros de verosimilitud" al ser "coherente y persistente" en su narración ante la policía, el juzgado, el forense y la vista oral.

La acusación sostuvo también en su recurso que "la credibilidad de la víctima se reconoce en el propio informe del forense, lo que se obvia en la sentencia", una afirmación que rechazó la Fiscalía al entender que "el recurso únicamente manifiesta su desacuerdo, sin que se justifique en que se fundamenta".

Ahora la sala apunta además que en el recurso "no se denuncia por la acusación error alguno" que se derive "de la falta de racionalidad o motivación de la sentencia impugnada" sino que se pretende "sustituir el juicio de verosimilitud de la declaración de la menor".

Y esta, agrega el TSJN, fue "altamente creíble" pero existen "indicios relevantes de signo contrario a dicha verosimilitud", entre los que cita el "largo tiempo" transcurrido entre la declaración y la denuncia, que se denuncien los hechos tras ser sorprendida la menor viendo en internet páginas eróticas, que no se hubieran reiterado, la mala relación del acusado con la familia de la denunciante y la no concurrencia de ningún dato objetivo ajeno y externo a la declarante.

La acusación particular argumentó también para recurrir la absolución una vulneración del principio de igualdad de armas e indefensión que el tribunal tampoco reconoce pues, dice, se propuso la prueba "que a su derecho convino, interviniendo en la práctica de la misma y de la propuesta por la defensa".

A ello suma que la sala dio "una respuesta fundada en derecho" y se "respetó escrupulosamente el principio de contradicción", y destaca igualmente que la contrapericia no examina a la menor porque la propia acusación en el debate preliminar de la vista oral se niega para "no victimizarla".

Como hechos probados, el TSJN dice que el acusado vivía en 2014 con una mujer cuya nieta de 11 años visitaba con frecuencia el domicilio de su abuela, y también que ese año el procesado mantuvo "una violenta disputa" con el padre de su pareja y bisabuelo de la niña en presencia de ésta.

Ya en 2016, añade, la menor fue sorprendida por su madre cuando en un chat mantenía una conversación de contenido sexual y entonces ambas iniciaron una conversación en la que la chica contó que dos años antes en casa de su abuela, estando esta ausente, el acusado le había llamado a su habitación y lamido los genitales. 


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