• viernes, 19 de abril de 2024
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TRIBUNALES

Condenan a una pamplonesa que estafó 15.000 euros a una amiga a través de una tienda de ropa infantil

Engañó a su amiga para que invirtiera en el negocio inflando la valoración de la tienda, cuando realmente acumulaba deudas.

Imagen de una tienda de ropa infantil EFE
Imagen de una tienda de ropa infantil. EFE

La Sección Primera de la Audiencia de Navarra ha condenado a una una vecina de Pamplona de 30 años a seis meses de prisión por un delito de estafa cometido al aceptar la entrada de un nuevo socio en un tienda de ropa de la que era propietaria y que atravesaba serias dificultades económicas, hecho que ocultó para lograr captar el dinero de esta nueva inversión.

En la sentencia, dictada de conformidad, se considera probado que una amiga de la acusada se ofreció a entrar como socia en una tienda de ropa para niños de la que la procesada era propietaria, ya que el negocio atravesaba dificultades económicas.

Antes de entrar a formar parte del negocio, en septiembre de 2015, la amiga pidió una valoración del mismo, aunque la acusada le dio una información que no respondía a la realidad, haciendo ver que no había deudas, cuando sí las había, y haciéndole creer que con su entrada mejorarían las ventas y los resultados.

El 14 de septiembre le entregó por un mensaje de móvil una valoración económica, según la acusada realizada por su asesora, de 53.268,43 euros, si bien quedaron de acuerdo en valorarlo en 30.000 euros, al considerar 12.000 euros por valor marca, 3.000 en inmovilizado material, 9.000 en ropa de temporada de invierno y 6.000 en "stock outlet". Unos días después, el 19 de septiembre de 2015, constituyeron una sociedad y la amiga entregó 15.000 euros.

Sin embargo, las desavenencias no tardaron en llegar al no responder el negocio a la realidad presentada, comprobándose que la marca estaba sin registrar y que las mercaderías superaban los 9.000 euros y estaban sin abonar.

LA ACUSADA DEBERÁ ASUMIR EN SOLITARIO TODAS LAS DEUDAS

En la sentencia se condena a la acusada, por un delito de estafa, a la pena de seis meses de prisión, y al abono de una indemnización de 15.000 euros.

Además, ambas mujeres han acordado que, a la mayor brevedad posible, acudirán a una notaría a elección de la acusada, quien comprará a la víctima sus participaciones sociales por el precio de un euro, renunciando al cargo de administradora mancomunada, produciéndose el cese, que será inscrito en el Registro Mercantil.

La acusada asumirá todas y cada una de las deudas que tiene la mercantil, liberando a su socia frente a cualquier tercero, y en particular en relación con la póliza de crédito firmada con una entidad bancaria que fue avalada por ambas partes y sus respectivos esposos.

Los gastos de notaría y registro serán asumidos por la acusada y, una vez cumplido este trámite, las partes no tendrán nada que reclamarse entre sí. Se absuelve a la mujer de los delitos de apropiación indebida y de administración desleal de los que también estaba acusada.


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