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TRIBUNALES

Le diagnostican una gripe en Pamplona y acaba con la pierna amputada: condenan al Servicio Navarro de Salud

La joven, que tenía 14 años cuando no le diagnosticaron la meningitis que padecía, reclamaba 1,18 millones de euros pero recibirá finalmente 250.000.

Imagen de una joven paciente ingresada en el hospital y entubada en una camilla ARCHIVO
Imagen de una joven paciente ingresada en el hospital y entubada en una camilla. ARCHIVO

El Servicio Navarro de Salud deberá indemnizar con 250.000 euros a una paciente a la que se le diagnosticó por error una gripe cuando realmente tenía meningitis. A consecuencia de la negligencia, la mujer tuvo que sufrir la amputación de una pierna y padece trastorno de la personalidad por la depresión generada durante su tratamiento.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado así una condena de 250.000 euros al Servicio Navarro de Salud y a su compañía aseguradora.

Los abogados de la joven, que tenía 14 años cuando le diagnosticaron incorrectamente una gripe en vez de la meningitis que sufría, reclamaban una indemnización de 1,18 millones de euros, más 276.000 euros por gastos en prótesis.

Finalmente, el TSJN ha rechazado este cálculo de indemnización según el baremo de la Ley 35/2015, por ser posterior a la fecha en la que se denunciaron los hechos, el 20 de diciembre de 2008.

La chica, de 14 años entonces, fue atendida en el servicio de urgencias del Centro de Salud San Martín, donde se le diagnosticó un síndrome gripal. Realmente la joven acabó desarrollando una sepsis meningocócica.

Según sostuvo la chica en su denuncia, el médico de urgencias "se limitó a tomarle la temperatura sin ninguna exploración adicional" y le prescribió paracetamol.

Al día siguiente, la demandante no podía mover las piernas, que se estaban pigmentando progresivamente y tuvo que ser trasladada al Hospital Virgen del Camino, donde le amputaron parte de la pierna derecha y un dedo del pie izquierdo al confirmarse un diagnóstico de shock séptico meningocócico.

Tras esta grave intervención, la joven ha tenido que ser intervenida en varias ocasiones más durante los años posteriores, además de someterse a una intensa rehabilitación y a tratamiento psiquiátrico y psicológico por la ansiedad y la depresión que ha desarrollado.

En la sentencia del TSJN, la Sala de lo Contencioso-Administrativo considera correcta la indemnización de 250.000 euros fijada por el juez de instancia como compensación del daño moral sufrido por la joven, y rechaza la petición de 1,18 millones de euros que reclamaba la demandante.

También comparte los factores que ha tenido en cuenta el juez para fijar esta cantidad, que son "la edad de la paciente, la gravedad de la enfermedad y la severidad de las secuelas que han motivado sucesivos tratamientos, sin que quepa descartar la necesidad futura de nuevas intervenciones paliativas".


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