• viernes, 29 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Del Burgo mantiene que la negativa de Navarra a entregar datos al Tribunal de Cuentas no constituye "desacato alguno"

El expresidente de la Diputación de Navarra defiende que la Cámara de Comptos es el único órgano fiscalizador del sector público de Navarra.

La presidenta Uxue Barkos (d), la expresidenta Yolanda Barcina, el secretario de Estado Antonio Beteta (c), Jaime Ignacio del Burgo (3i) y Juan Cruz Alli (2i), e Iñigo Alli.
Íñigo Alli, Juan Caruz Alli, Jaime Ignacio del Burgo, el secretario de Estado Antonio Beteta, Yolanda Barcina y Uxue Barkos durante un acto en Pamplona con motivo del 25 aniversario de la firma del convenio económico de 1990.

El expresidente de la Diputación Foral de Navarra Jaime Ignacio del Burgo ha señalado que "la Cámara de Comptos es el único órgano de fiscalización directa de las cuentas del sector público navarro", un asunto propio del "derecho foral y de carácter esencial". 

Jaime Ignacio del Burgo, que en su momento fue promotor del Amejoramiento del Fuero, ha intervenido de esta manera en el debate suscitado sobre la solicitud del Tribunal de Cuentas para que Navarra entregara información, algo que a lo que el Gobierno actual se ha negado, al igual que ocurrió en otras ocasiones anteriores. 

Este jueves se conoció que el presidente del TribunalRamón Álvarez de Miranda, se va a dirigir de manera personal a la presidenta de Navarra, Uxue Barkos, para requerirle la documentación para un informe de fiscalización sobre planes de ajuste efectuados en 2012 y que hasta la fecha no ha sido entregada por la negativa del Gobierno de Navarra. 

Para Del Burgo, la negativa a proporcionar al Tribunal de Cuentas los datos solicitados directamente al Gobierno de Navarra "no constituye desacato alguno, pues se trata de una actuación contraria al Fuero y, por tanto, al orden constitucional".

El expresidente de la Diputación de Navarra ha señalado que la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral (1982) "establece que la competencia exclusiva en materia de fiscalización de las cuentas de Navarra corresponde a la Cámara de Comptos".

Según Del Burgo, esta exclusividad fue cuestionada por la representación del Estado en las conversaciones que condujeron al pacto de 1982. "La representación navarra argumentó que las cuentas del reino de Navarra ni antes ni después de la Ley Paccionada de 1841 habían sido fiscalizadas por instituciones externas", mantiene el expresidente. 

En sus explicaciones sobre el asunto, Del Burgo señala que la Constitución de 1979 establece que el Tribunal de Cuentas “es el órgano fiscalizador de las cuentas y de la gestión económica del sector público”. Para la armonización entre dicha potestad y los derechos históricos de Navarra, inherentes a su régimen foral, se llegó a una fórmula transaccional consistente en que las actualizaciones de fiscalización llevadas a cabo por la Cámara de Comptos se elevarían a la consideración del Tribunal de Cuentas, el cual formulará un “dictamen” que será enviado con su respectivo expediente al Parlamento de Navarra para que éste, en su caso, adopte las medidas que procedan.

"Distinto es el caso del enjuiciamiento contable que, por tratarse de una función de naturaleza judicial en relación con el manejo de fondos públicos por autoridades y funcionarios, se reservaba al Tribunal de Cuentas", añade el expresidente sobre la situación personal de Barkos con el caso de sus dietas en Pamplona

Jaime Ignacio del Burgo añade que "la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera de los ejercicios 2014 y 2015 establece una serie de principios que vinculan a todos los poderes públicos y a ellos debe adecuarse la política presupuestaria del sector público, en desarrollo del artículo 135 de la Constitución".

En sus explicaciones, el político navarro indica que Navarra "está obligada a cumplir los objetivos de dicha Ley, pero eso no quiere decir que la fiscalización y control de su cumplimiento a través de los presupuestos y de su actividad financiera corresponda al Tribunal de Cuentas. El artículo 7 le faculta para recabar datos, estados, documentos, etc., pero en relación con sus propias funciones de fiscalización que, en Navarra, no puede ejercer directamente. Otra cosa es que el Tribunal hubiera recabado la colaboración de la Cámara de Comptos, que es la única que puede llevar a cabo la fiscalización directa de las cuentas de Navarra".

Del Burgo recuerda que "el Amejoramiento prevé el cauce para la solución de las discrepancias que se susciten entre la Administración del Estado y la Comunidad Foral respecto a la aplicación e interpretación del mismo".


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Del Burgo mantiene que la negativa de Navarra a entregar datos al Tribunal de Cuentas no constituye "desacato alguno"