• martes, 16 de abril de 2024
  • Actualizado 13:29
 
 

TRIBUNALES

Corrupción en Pamplona: los tribunales confirman que una oposición estaba amañada por Aranzadi-Podemos

Varios de los miembros del tribunal eran amigo del opositor que consiguió el puesto, el exalcalde de Barañáin y miembro de Bildu, Floren Luqui.

Peio Zabalza, Alberto Labarga y Floren Luqui presentan las jornadas formativas sobre gestión de espacios comunitarios que acogerá Pamplona durante los próximos días (17). IÑIGO ALZUGARAY
Alberto Labarga, exconcejal de Aranzadi, y Floren Luqui, beneficiado por las irregularidades municipales.

El Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Pamplona ha confirmado en una sentencia lo que era un secreto a voces en el Ayuntamiento de Pamplona: la corrupción municipal del grupo de Aranzadi-Podemos para colocar en los puestos de trabajo público a sus amigos a través de oposiciones manipuladas

El exalcalde de Barañáin y miembro de Bildu, Floren Luqui, fue en este caso el agraciado con un puesto de técnico de Participación Ciudadana, gracias a que el tribunal que corrigió las pruebas estaba repleto de amigos que le facilitaron acceder al puesto.

UPN denunció el caso en el propio consistorio y recurrió a los tribunales, que han sentenciado ahora dejar sin efecto una oposición con trampas para colocar amigos en plazas de funcionarios públicos. 

Se trata de un gravísimo caso de corrupción municipal que en su momento avaló el ya huido y dimitido concejal Alberto Labarga y todo el cuatripartito en pleno, que cerró filas con unas irregularidades flagrantes.

Bildu, Geroa Bai (PNV) e I-E fueron cómplices ya que conocían con detalle todo lo que ocurría y cómo se había preparado la prueba para beneficiar a amigos personales del director de área del consistorio puesto a dedo por Aranzadi, Axel Moreno.

Este periódico desveló en su momento un mensaje en la red social twitter borrado por el propio Moreno en el que se demostraba con una imagen la relación de amistad personal de Floren Luqui con responsables del área de Participación que fueron miembros del tribunal que corrigió las pruebas al propio Luqui y al resto de opositores.

Axel Moreno, director del área nombrado a dedo, y Andoni Iso, ejercieron como presidente y vocal del tribunal. Axel Moreno y Andoni Iso eran amigos íntimos de Floren Luqui y compañeros de trabajo en empresas como "Konparte Soluciones Participativas SL".

Axel Moreno borró el mensaje de la red social para tratar de eliminar el rastro que le vinculaba con su amigo, beneficiado con la falsa oposición.

El Ayuntamiento de Pamplona, por orden del alcalde Joseba Asirón, envió su momento un comunicado para desmentir que existiera un vínculo empresarial o de amistad entre los miembros del tribunal y Floren Luqui, algo que los propios tribunales han echado ahora por tierra. 

TODO IRREGULARIDADES

Para allanar el camino a su amigo Floren Luqui todo estuvo lleno de irregularidades, según la sentencia. Ni siquiera el tribunal de la oposición no estuvo debidamente constituido, ya que la norma exige que lo formen al menos cinco personas y en número impar. 

Sin embargo, los responsables municipales de Aranzadi convinieron estar sólo 4 personas, lo que contraviene la ley. "Pero es que, además, en diversas pruebas hubo miembros del Tribunal que se abstuvieron y que no formularon su voto, de tal manera que el tribunal tuvo todavía un menor número de miembros", señala la sentencia. 

El tribunal resalta la amistad y la relación laboral entre Andoni Iso y Floren Luqui: "Resulta también acreditado que el primero había trabajado para el segundo en los dos últimos años", por lo que era causa de abstención en un tribunal. 

"Los vicios expuestos no son meras irregularidades, sino que afectan a la constitución del Tribunal Calificador, poniendo en duda tanto su composición, como su imparcialidad y, por ello, afectando de manera decisiva al proceso de selección, más aún, cuando se trata de confeccionar unas listas que van a permitir acceder a la función pública a los elegidos, lo que exige una más severa valoración del proceso de selección", explica el juez en su argumentación.

"Y no cabe alegar que los afectados por la causa de abstención no tuvieron participación en la calificación de las personas con las que tenían la relación que motivó la misma, puesto que dicha relación también se extiende a las demás fases del procedimiento, como puede ser la redacción del cuestionario de preguntas, o la forma de valoración de las mismas", concluye de manera tajante la sentencia.


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