• jueves, 28 de marzo de 2024
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TRIBUNALES

Condenado en Pamplona por abusar sexualmente de su sobrina menor durante años

El condenado, de 58 años, abusó sexualmente de la menor en dos periodos de tiempo, cuando tenía entre 9 y 10 años y cuando tenía entre 13 y 14.

Una niña, sentada en un pasillo ARCHIVO
Una niña, sentada en un pasillo ARCHIVO

La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 2 años y 9 meses de prisión a un acusado que abusó sexualmente, en la comarca de Pamplona, de una sobrina suya en dos periodos de tiempo, cuando la menor tenía entre 9 y 10 años y cuando tenía entre 13 y 14.

Según recoge la sentencia, dictada de conformidad tras un acuerdo entre el fiscal, la acusación particular y la defensa, el procesado indemnizará a la víctima con 20.000 euros.

En la determinación de la pena, al inculpado se le han estimado las atenuantes de reparación del daño, por haber consignado con anterioridad a la celebración del juicio la citada cantidad, y dilaciones indebidas, explica el Tribunal Superior de Justicia de Navarra en un comunicado.

El acusado, natural de Pamplona, de 58 años, tío carnal de la menor, nacida en 2003, se amparó en el vínculo familiar y en que realizaba funciones de cuidador para “satisfacer sus deseos y apetencias sexuales”.

Entre los años 2012 y 2013, según considera probado la resolución judicial, el encausado perpetró los abusos cuando su sobrina acudía a su domicilio a pasar los fines de semana. Llevaba a cabo los tocamientos una vez acostada la víctima.

A partir del año 2016, la menor estaba frecuentemente al cuidado del procesado y entre ese año y 2017, el condenado la trasladaba en su automóvil a lugares solitarios, en donde realizaba tocamientos.

Asimismo, en julio, agosto y septiembre de 2017 abusó de su sobrina con ocasión de haberse quedado al cuidado de ella y su hermano.

Como consecuencia de estos hechos, la menor “ha sufrido daños psicológicos que han dado lugar a episodios de depresión y muy baja autoestima”.

Los hechos declarados probados son constitutivos de un delito de abuso sexual a persona menor de 13 años y de otro delito homólogo a persona menor de 16 años.

Además de la citada pena de prisión, según el acuerdo alcanzado entre las partes, el encausado no podrá ejercer durante 45 meses profesión u oficio que conlleve el contacto regular y directo con menores de edad. Tampoco podrá comunicarse ni acercarse a la víctima durante otros 45 meses.


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