• jueves, 28 de marzo de 2024
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SUCESOS

La Policía Foral incauta en sólo un año más de un centenar de armas prohibidas en la Zona Media

Entre los objetos se encuentran utensilios cotidianos que si se usan con fin intimidatorio conllevan multa y la obligación de ser decomisados.

Armas y objetos prohibidos decomisados en la Zona Media por la Policía Foral CEDIDA 3
Armas y objetos prohibidos decomisados en la Zona Media por la Policía Foral. CEDIDA

Los agentes de la Policía Foral de la comisaría de Tafalla decomisaron durante todo el año 2016 un centenar de armas y objetos, considerados prohibidos por el Reglamento de Armas, durante controles preventivos e intervenciones policiales realizadas en la vía pública de su demarcación.

Todas ellas implicaron a sus portadores un denuncia por infracción grave a la Ley de Seguridad Ciudadana 4/2015, con intervención del objeto o arma mediante acta y apertura de expediente sancionador con una cuantía a partir de 601 euros.

En un comunicado, la Policía Foral ha señalado que objetos no prohibidos pueden convertirse en prohibidos si se portan en zonas de ocio o afluencia pública: por ejemplo, exhibir unas tijeras con fin intimidatorio pasa a convertirse en una infracción a la ley, actuándose con multa y decomiso. De la misma forma intervienen los policías forales con objetos aparentemente no peligrosos, como puede ser un casco de moto o un candado tipo 'pitón', si se utilizan para amenazar.

El Reglamento de Armas prohíbe la tenencia y uso de armas consideradas prohibidas como bastones o estoques, puñales, navajas automáticas, defensas de alambre o plomo, llaves de pugilato, tonfas, tiragomas perfeccionados, nunchacos, xiriquetes y sprays de defensa personal capaces de proyectar sustancias tóxicas o corrosivas, a excepción de los homologados por el Ministerio de Sanidad y Consumo y a la venta para mayores de edad en lugares autorizados. Se consideran instrumentos especialmente peligrosos para la vida e integridad física de las personas.

También está prohibida la tenencia, salvo en domicilio y como objeto de adorno o coleccionismo, de imitaciones de armas de fuego cortas que por sus características puedan inducir a la confusión. Queda a criterio del policía apreciar si el portador de ciertas armas tiene o no necesidad de llevarlas consigo, según las circunstancias, por razones de seguridad.


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