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SUCESOS

Policía Foral denuncia a veinte personas tras coger hongos en un parque natural de Navarra

Además, se ha iniciado un expediente sancionador por parte del Departamento de Medio Ambiente tras devolver los productos a su medio natural. 

Cesto con hongos decomisado a uno de los denunciados en el parque de Bertiz..

La Policía Foral y el Guarderío de Medio Ambiente han denunciado en las últimas fechas a veinte personas al ser sorprendidas tras recoger hongos en el parque natural de Bertiz.

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Cesto con hongos decomisado a uno de los denunciados en el parque de Bertiz. POLICÍA FORAL

La Policía Foral y el Guarderío de Medio Ambiente han denunciado en las últimas fechas a veinte personas al ser sorprendidas tras recoger hongos en el parque natural de Bertiz.

La Policía Foral, en coordinación con el Guarderío de Medio Ambiente, ha intensificado la vigilancia por personas que ilegalmente cogen hongos, lo cual supone una infracción al Decreto Foral 68/2008 que regula el plan de uso y gestión del parque natural del Señorío de Bértiz.

Las patrullas y los guardas decomisan los productos naturales recolectados, que son devueltos a su medio natural, y se inicia un expediente sancionador por parte del Departamento de Medio Ambiente.

La Policía Foral ha explicado en una nota que sólo están autorizados a recolectar hongos en Bértiz los habitantes de localidades congozantes. Desde Policía Foral se recuerda que la práctica de la recolección de setas y hongos en el citado parque natural puede ser realizada únicamente por los vecinos de los pueblos congozantes “solamente para autoconsumo”.

DECRETO FORAL

  • Artículo 1. Declaración como Zona Especial de Conservación.

 

Se declara como Zona Especial de Conservación el Lugar de Importancia Comunitaria ES2200017, denominado "Señorío de Bértiz".

  • Artículo 2. Plan Rector de Uso y Gestión.

 

1. Se aprueba el III Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural Señorío de Bértiz que figura como Anexo a este Decreto Foral.

2. Este Plan Rector de Uso y Gestión tiene la consideración de Plan de Gestión a los efectos de lo establecido en el artículo 6.1. de la Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la flora y fauna silvestres.

De acuerdo con el primero de los objetivos generales enumerados, las medidas establecidas por este Plan tienen como finalidad última la salvaguarda de la integridad ecológica del espacio y de su contribución a la coherencia de la red Natura 2000 en Navarra.


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