• jueves, 28 de marzo de 2024
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SOCIEDAD

Tudela sustituirá las sanciones de pintadas en las paredes por tareas en beneficio de la comunidad

La nueva ordenanza estipula tres tipos tipos de sanciones que oscilan entre los 100 y los 3.000 euros

Grafitis en Pamplona (17) CEDIDA
Pintadas en la pared de un edificio navarro. CEDIDA

El Ayuntamiento de Tudela contará desde su aprobación en el próximo Pleno con una nueva Ordenanza sobre Promoción de Conductas Cívicas y Protección de los Espacios públicos de la ciudad que tiene como principales objetivos prevenir las actuaciones perturbadoras de la convivencia ciudadana, proteger los bienes públicos y los espacios visibles desde la vía pública, y conservar dichos lugares y su salubridad.

Además, de forma novedosa, la nueva norma fomenta el principio de responsabilidad y rehabilitación de los infractores de manera que éstos puedan ver sustituida la sanción pecuniaria por la realización de tareas o labores en beneficio de la comunidad cuyos principios de convivencia han infringido.

En este aspecto, el alcalde Alejandro Toquero ha explicado que “se persigue que los infractores sean conscientes tanto de la infracción cometida como del daño ocasionado, como un medio más de asentar los valores cívicos. Esta es una medida directamente relacionada con la labor preventiva”, ha dicho.

El texto, que consta de cinco partes o títulos y podrá consultarse al completo en la web municipal tras su aprobación por el Pleno, es de aplicación en todo el término de Tudela y en su ámbito de protección se encuentran los bienes y espacios públicos que son patrimonio de todos y cuyo ataque supone un ataque a la convivencia y una actividad irrespetuosa hacia la inmensa mayoría de los ciudadanos que sí que asumen un comportamiento respetuoso con calles, plazas, parques, jardines, mobiliario urbano de todo tipo, colegios, pistas deportivas, elementos decorativos, semafóricos, armarios de registro, máquinas expendedoras de zona azul, árboles, contenedores, estaturas, veladores, toldos, etc.

PINTADAS Y CARTELES

Sobre algunos puntos que incorpora la ordenanza, se ha tipificado detalladamente el de las pintadas, colocación de papeles, pegatinas, rayado o rotura de cristales en edificios públicos o elementos del mobiliario urbano. En este caso, el Ayuntamiento podrá imputar a la empresa anunciadora, entidad o persona responsable el coste de las correspondientes indemnizaciones y de las facturas de limpieza, reposición y acondicionamiento o restauración a su anterior estado, al margen de la sanción que corresponda.

MOLESTIAS POR RUIDOS. PETARDOS Y BENGALAS

Otro aspecto que queda regulado en todos los supuestos es el de las molestias por ruidos, partiendo de la premisa de que “todos los ciudadanos están obligados a respetar la tranquilidad y el descanso de los vecinos y a evitar la producción de ruidos que alteren la normal convivencia. De esta forma, se prohíbe disparar petardos, cohetes, bengalas y cualquier artículo pirotécnico que produzca ruidos o pueda producir incendios, sin autorización municipal. Y, entre otras muchas disposiciones, en este apartado se hace referencia expresa también a la prohibición de juegos nocturnos en los que se golpeen fachadas y/o se produzcan gritos y voces consecuencia del juego. También será sancionable mantener un vehículo estacionado más de cinco minutos con el motor funcionando si se encuentra a menos de 10 metros de edificios residenciales.

ZONAS SATURADAS

También se hace referencia a aquellas zonas de incivismo frecuente y reiterado, en las que el Ayuntamiento a petición de la Policía Local podrá declarar una “Zona Saturada” durante un tiempo concreto. La declaración de Zona Saturada implicará la utilización de medidas correctoras, pero de especial interés en las sanciones que se podrán ejecutar de leves a graves y de graves a muy graves durante el periodo de declaración. Dicha declaración tendrá que ser anunciada a vecinos y locales de manera adecuada.

LIMPIEZA Y CONSUMO DE ALCOHOL EN LA CALLE

Sobre los residuos y basuras, además de la obligatoriedad de depositarlos en los contenedores y zonas marcados por ley, queda prohibido extraer y esparcir los que estén en las papeleras o contenedores, además de depositarlos alrededor de los contenedores. La ordenanza desgrana cada supuesto de forma muy amplia.

La ordenanza también tiene efecto sobre el mantenimiento correcto de terrazas y veladores, zonas de vending o, por ejemplo, consumo de bebidas alcohólicas en las vías o espacios públicos. De hecho este consumo causando molestias o alterando la convivencia ciudadana está considerado infracción leve, es decir, puede acarrear sanciones que van de los 100 a los 800 euros.

SANCIONES

  • Leves: Sancionadas con multas de 100 hasta 800 euros.
  • Graves: Sancionadas con multa de 801 hasta 1.500 euros.
  • Muy graves: Sancionadas con multa de 1.501 hasta 3.000 euros.

LA REHABILITACIÓN

Antes de resolver la sanción que proceda, el Ayuntamiento de Tudela podrá ofertar al expedientado la opción de solicitar la sustitución (total o parcial) de la sanción de multa por la realización de tareas o labores para la comunidad. Esta opción se ofrecerá como medio de rehabilitación de los infractores y por ello, se aplicará cuando ésta se considera necesaria.

Estos trabajos a la comunidad estarán dirigidos o bien a generar conductas cívicas o a reparar los daños causados por acciones similares. Su cumplimiento será controlado y garantizado por la Policía Local.

Si la persona no cumple con estos trabajos, se le tramitará de nuevo la multa añadiéndole el agravante específico de incumplimiento de la prestación convenida entre Ayuntamiento e infractor. 


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