• jueves, 28 de marzo de 2024
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SOCIEDAD

Navarra abre a la participación ciudadana la regulación sobre las sujeciones físicas y farmacológicas

La norma se aplicará también en el ámbito de salud mental, que no está incluido en el actual decreto.

Situación de un paciente ingresado en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital Infanta Sofía en San Sebastián de los Reyes (Madrid) donde el responsable de la UCI del centro, Ángel González Gallego, ha señalado que "sí el funcionamiento normal de la UVI era de 8 camas, han llegado a tener 40 puestos críticos, cinco veces más de su capacidad", debido a la crisis del Covid-19 en la región. En San Sebastián de los Reyes, Madrid, (España), a 28 de abril de 2020.

29 ABRIL 2020;CORONAVIRUS;VIRUS;COVID19;EPIDEMIA;PANDEMIA;SAN SEBASTIAN DE LOS REYES;HOSPITAL INFANTA SOFIA
  (Foto de ARCHIVO)

28/4/2020
Un paciente aguarda en la cama con sujeciones para evitar que se quite el tubo respiratorio durante un ingreso. EUROPA PRESS

El proyecto de decreto foral por el que se modifica la normativa vigente sobre el uso de sujeciones físicas y farmacológicas en el ámbito de los servicios sociales residenciales de Navarra se encuentra ya en exposición pública en el Portal de Trasparencia del Gobierno de Navarra. Entre otras novedades, la norma recoge su aplicación en el ámbito de los servicios sociales para personas con enfermedades mentales.

Las sugerencias, aportaciones y opiniones sobre su contenido pueden realizarse a través de este correo electrónico hasta el 16 de julio, ha informado el Gobierno foral.

Además de extender el ámbito de aplicación, el nuevo texto amplía la definición de sujeciones y ofrece un mayor detalle sobre los distintos tipos, incidiendo en la importancia de seguir estudiando otras alternativas válidas para reducir su utilización, ha añadido.

Así, se incorporan las barandillas entre las sujeciones y se establece la posibilidad de que personal distinto al médico pueda determinar su uso.

También se incluyen y regulan como sujeciones físicas las salas de contención, con indicación de las condiciones de seguridad y confort que deben reunir, así como el requerimiento de prescripción médica para su empleo.

Respecto a los fármacos psicotrópicos, se insiste en la importancia de su registro tanto en el Plan de Atención Individualizada y/o en historia clínica, además de que, en el caso de que los tratamientos sean de larga duración, se haga constar tanto la duración prevista del mismo como la periodicidad de sus revisiones.

ACTUALIZACIÓN DE LA NORMA

El Gobierno ha señalado que, aunque el Decreto Foral 221/2011, vigente en este momento resultó pionero en su momento en el Estado, se ha considerado necesario introducir algunas novedades en el texto. Fundamentalmente, la mencionada ampliación del ámbito de aplicación de la norma a los servicios sociales para personas con enfermedad mental que se suman a los ya regulados de mayores y discapacidad y que están contemplados en la Cartera de Servicios Sociales.

La ampliación de la regulación a los servicios de atención diurna, es otro de los cambios que pretende introducir la nueva normativa. Esta modificación de la norma también tiene como objetivo su adaptación al nuevo modelo de atención centrada en la persona que se está implantando en la Comunidad Foral.

El objetivo es poner a la persona en el centro de los servicios, respetar siempre que se pueda sus decisiones, preferencias y opciones personales, "adaptar el centro a las personas y no las personas al centro", son elementos claves para orientar todas las actuaciones que se desarrollen en los servicios a los que se refiere este proyecto de decreto foral.


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