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EMPLEO

Exigen una nueva regulación de la contratación temporal, que alcanza en Navarra al 26,3% de los asalariados

En Navarra, según ha explicado UGT, la contratación temporal afecta a 65.300 personas que "en muchos casos se encuentran en fraude de ley".

Una dependienta en una tienda de ropa ARCHIVO
Una dependienta en una tienda de ropa ARCHIVO

La UGT ha pedido una nueva regulación de la contratación temporal, que alcanza al 26,3% de los asalariados en Navarra, con el fin de "acabar con el fraude en la contratación temporal, que se produce de forma masiva tanto en Navarra como en el conjunto de España".

El sindicato ha señalado en una nota que éste "debe ser un objetivo prioritario e inmediato en materia de legislación laboral".

En este sentido, ha asegurado que "la actual regulación sobre contratación temporal favorece el abuso e incentiva el fraude por tres motivos, por el carácter confuso y laxo de la regulación, por las escasas consecuencias que tiene para las empresas un contrato declarado judicialmente en fraude de ley, y por los insuficientes medios y recursos destinados a perseguir el fraude a través de la Inspección de Trabajo y la limitada eficacia de los mecanismos sancionadores".

En Navarra, según ha explicado UGT, la contratación temporal afecta a 65.300 personas, un 26,3% del total de trabajadores asalariados, que "en muchos casos se encuentran en fraude de ley".

UGT ha apuntado que los casos más extendidos de mala utilización y fraude en la contratación temporal son cinco. Por un lado, la utilización de contratos eventuales para trabajos de carácter estacional (temporadas estivales, campañas, etc.), "muy habituales en Educación y en el sector de Hostelería, cuya función no es esa, sino atender a incrementos inesperados o no previsibles de los niveles de demanda o actividad de la empresa".

Por otro lado, UGT ha citado la utilización de los contratos de obra para cubrir trabajos de carácter permanente o actividades habituales y ordinarias en la empresa y la realización de sucesivos y continuados contratos por obra a trabajadores de contratas y subcontratas, vinculados a cada contrato mercantil entre las dos empresas.

Asimismo, ha mencionado la aplicación del contrato temporal sistemáticamente al primer contrato laboral, "lo cual es contrario a la ley, que además se dilata en el tiempo aunque la actividad sea de carácter permanente, como lo es habitualmente".

Por último, ha advertido de la utilización de contratos temporales "sin precisar y especificar las causas, y sin justificar, por tanto, la naturaleza temporal de las tareas que dan lugar al contrato".

Para la responsable de Política Sindical de la UGT de Navarra, Marisol Vicente, "ese fraude empresarial en la contratación temporal carece prácticamente de consecuencias económicas o de otro tipo, ya que todo se reduce a corregir la decisión de la empresa, pero sin sanción alguna". "Además, cuando se demuestra el fraude, entre la reincorporación del trabajador al puesto de trabajo como indefinido o el despido improcedente con indemnización, la empresa suele optar por esta segunda alternativa, que la resulta barata dada la escasa antigüedad de los trabajadores temporales", ha señalado.

Frente a estas prácticas, UGT ha considerado "imprescindible que se establezca legalmente que el coste económico de extinguir un contrato temporal en fraude sea más caro que el coste de la extinción del contrato indefinido que habría correspondido hacer".

Asimismo, el sindicato aboga por elevar las sanciones por la contratación en fraude de ley, que en la actualidad van de 626 a 1.250 euros en su grado mínimo, de 1.251 a 3.125 euros en su grado medio, y de 3.126 a 6.250 euros en su grado máximo, "cifras que evidencian lo barato que resulta a las empresas infringir la ley".


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