• viernes, 29 de marzo de 2024
  • Actualizado 11:43
 
 

EDUCACIÓN

Trato hecho: un nuevo acuerdo permite a los estudiantes realizar prácticas en los juzgados navarros

Están dirigidas a matriculados en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o máster y en titulaciones relacionadas con este sector.

AUDIENCIA PAMPLONA
AUDIENCIA PAMPLONA

El Gobierno foral ha adoptado dos acuerdos por los que se aprueba la firma de sendos convenios de colaboración con el Consejo General del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, la Universidad Pública de Navarra (UPNA) y Universidad de Navarra (UN) para que alumnado de ambos centros pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales de Navarra.

Está previsto que estos textos sean suscritos por la ministra de Justicia, Dolores Delgado; el presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ, Carlos Lesmes; y la consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, Mª José Beaumont. Además, en el caso de la UPNA, lo firmará su rector, Alfonso Carlosena; mientras que por la Universidad de Navarra rubricará el texto su rector Alfonso Sánchez Tabernero.

Estas prácticas están dirigidas a alumnas y alumnos matriculados en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o máster y en titulaciones relacionadas con profesionales de la Administración de Justicia.

Se establecen dos modalidades de prácticas externas, que podrán ser concurrentes. Por un lado, las prácticas curriculares, que tienen su origen en los diversos planes de estudios, y que son obligatorias para obtener la titulación requerida; y por otro las prácticas extracurriculares, que son las que el alumnado realiza de forma voluntaria, durante un periodo de formación y que, aún teniendo los mismos fines, no están incluidas en los planes de estudios.

Las personas que dirijan las prácticas externas de ambas universidades propondrán a las y los alumnos en situación de poder realizar estas prácticas.

Las prácticas externas se ajustarán a las necesidades organizativas establecidas por la persona o personas que ejerzan la tutoría donde se realicen, de modo que no entorpezca el desempeño normal de sus funciones.

El acceso del alumnado a las actuaciones jurídicas se producirá en la medida en que lo permita la situación de procedimiento, su declaración o no de secreto y quedando salvaguardado el deber de reserva o sigilo y preservada, en todo caso, la identidad de las personas implicadas o partes.

Las prácticas externas tendrán la duración que determine cada centro universitario, realizándose en horario de mañana en los juzgados o tribunales, en ambos casos a establecer por la persona responsable de los mismos en función del mejor funcionamiento del órgano jurisdiccional.

En los supuestos de faltas reiteradas de puntualidad, asistencia, incorrecto comportamiento del alumnado o perturbación del normal funcionamiento del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas, el CGPJ, el Ministerio de Justicia, la Comunidad Foral o los juzgados o tribunales afectados podrán suspender de forma inmediata y cautelar dichas prácticas, poniéndolo en conocimiento de la respectiva universidad, para que adopte las medidas oportunas.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL ALUMNADO

El alumnado estará obligado a cumplir los horarios y seguir las normas fijadas por el juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas; adoptar una actitud activa en las tareas que se le encomienden; mantener contacto con la persona o personas que ejercen la tutoría y con la persona que ejerza la dirección de las prácticas externas; cumplir las normas de prevención de riesgos laborales; y mantener el deber de secreto y confidencialidad en materia de medios, procesos o aquellas actuaciones judiciales o administrativas de las que pudiera tener conocimiento.

En cuanto a sus derechos, podrán desarrollar la actividad en que consistan las prácticas y en el horario establecido; obtener la certificación final del desarrollo de su actividad y del nivel de aprovechamiento alcanzado; y obtener permiso para acudir a las convocatorias de evaluación que le afecten.

Por su parte, el juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas externas nombrará a la persona o personas que ejercerán la tutoría, que podrá recaer en magistrado o magistrada, juez o jueza, o letrada o letrada de la Administración de Justicia. Sus funciones serán fijar el plan de trabajo del alumnado, orientarle en sus dudas y dificultades, y evaluar la actividad de la alumna o alumno mediante un informe.

Finalmente, cabe destacar que el alumnado que finalice el periodo establecido de prácticas externas recibirá un certificado expedido por el juzgado o tribunal, donde constarán las horas realizadas, la naturaleza de las actividades llevadas a cabo, y el nivel alcanzado según la persona o personas que ejerzan la tutoría.


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