• martes, 16 de abril de 2024
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SOCIEDAD

Una plataforma navarra alerta de la "amenaza" que supone que la Seguridad Social acceda a la historia clínica

Se trata de una acción que es posible desde la aprobación el pasado 26 de enero de un Real Decreto-Ley.

Un ratón delante de un ordenador. Europa Press.
Un ratón delante de un ordenador. Europa Press.

La Plataforma Navarra de Salud considera una "amenaza para los derechos sanitarios de la población trabajadora" que el personal inspector de la Seguridad Social pueda acceder a la Historia Clínica de los trabajadores, lo que es posible desde la aprobación el pasado 26 de enero de un Real Decreto-Ley.

A través de él se elimina "la histórica resistencia de Navarra al acceso del personal inspector de la Seguridad Social a la Historia Clínica de los trabajadores".

Hasta ese momento, subraya, Navarra era la única comunidad que a la hora de controlar la incapacidad temporal de la población laboral mantenía la negativa a que criterios ajenos a la salud y a criterios clínicos "contaminaran" las decisiones de los profesionales de Atención Primaria y de los de Inspección Médica del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra (ISPLN).

Ahora, alerta, "en el control de las bajas médicas además de criterios clínicos pesarán criterios económicos de gestión de la Seguridad Social".

Por eso apela a los trabajadores, a sus representantes sindicales, a profesionales del Servicio Navarro de Salud, al Parlamento y al Gobierno Foral a defender los derechos sanitarios de toda la ciudadanía incluidos también los de las trabajadoras y habilitar los recursos necesarios para que el acceso aprobado "se restrinja a la información exclusivamente necesaria para el control del proceso motivador de la Incapacidad Temporal".

Asimismo insta a oponerse "radicalmente a que las mutuas empresariales puedan eventualmente acceder en el futuro a la Historia Clínica del Sistema Público de Salud".

En Navarra, según indica, el acceso a la Historia Clínica por parte del INSS "siempre se ha entendido que podría conculcar el derecho a la confidencialidad de los datos médicos de los trabajadores en tanto que usuarios del Sistema Público de Salud dado que el objeto de dicho Instituto se circunscribe a la gestión de una prestación económica, que no sanitaria, de la seguridad Social".

Se considera que "este acceso por profesionales ajenos al sistema sanitario, como los médicos del INSS o de las mutuas patronales, puede dañar gravemente la relación médico paciente en el Sistema sanitario público", según la plataforma que cree que habrá usuarios que no deseen que conste en su historial médico atenciones o daños que crean pueden ser utilizados en su contra en el mundo laboral.

El Real Decreto establece que "las entidades gestoras y las entidades colaboradoras con la Seguridad Social podrán facilitarse, recíprocamente, los datos relativos a las beneficiarias que resulten necesarios para el reconocimiento y control de las prestaciones por riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural”.

La plataforma se pregunta a qué datos se refiere puesto que, según indica, ninguna de esas entidades tiene información sobre los riesgos presentes en los lugares de trabajo, información que corresponde a cualquiera de las posibles modalidades preventivas de las empresas".

Por lo tanto plantea "qué tipo de información van a compartir mutuas y Seguridad Social" y "por qué se incluye a las entidades colaboradoras (mutuas privadas) en un apartado referido al acceso de la Seguridad Social a la historia clínica".


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