• viernes, 19 de abril de 2024
  • Actualizado 10:35
 
 

Piden a la Administración foral que pague el grado del puesto que ocupa el personal en servicios para la formación

UGT de Navarra ha solicitado a la Administración foral que inicie los trámites legales y presupuestarios necesarios para "reconocer al personal". 

Una mujer trabaja en la oficina de su empresa junto a un ordenador y una agenda. ARCHIVO
Una mujer trabaja en la oficina de su empresa junto a un ordenador y una agenda. ARCHIVO

UGT de Navarra ha solicitado a la Administración foral que inicie los trámites legales y presupuestarios necesarios para "reconocer al personal en situación de servicios especiales para la formación el derecho a la percepción del grado del puesto de trabajo que efectivamente desempeñan, para poner fin a su discriminación salarial y respectar el principio de a igual trabajo, igual retribución".

En un comunicado, el sindicato ha recordado que el pasado día 20 de junio el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha resuelto una cuestión prejudicial de Derecho Comunitario Europeo -a petición de un Órgano Jurisdiccional del Orden Contencioso-Administrativo de Pamplona- y que "planteaba si de acuerdo a la legislación europea se puede sustentar una discriminación salarial en perjuicio del personal con contrato administrativo de la Administración foral, al no satisfacerles el concepto retributivo de grado y que se cuantifica en un 9% del sueldo del nivel cada 6 años y 7 meses de servicios efectivos reconocidos".

"Como ya era de esperar, conociendo la jurisprudencia del TJUE en materia de derechos del personal contratado, la referida cuestión prejudicial ha sido resuelta declarando que dicha discriminación retributiva conculca el principio de igualdad que, en el ámbito que nos ocupa, se consagra bajo el axioma de a igual trabajo, igual retribución", ha resaltado.

En este sentido, UGT ha remarcado que ha establecido que "el personal con contrato eventual tiene derecho a percibir el mismo complemento retributivo de grado que un funcionario cuando el único requisito exigido para su concesión es la antigüedad".

Ante este reconocimiento a los contratados administrativos, desde UGT han considerado que "funcionarios en situación de servicios especiales para la formación (la denominada formación-promoción), a los cuales se les abona grado sobre el nivel de plaza de origen, también debe la Administración reconocerles el abono del grado correspondiente al nivel que efectivamente ocupan".

En su opinión, "lo contrario supondría para este personal una peor condición retributiva que la dada al personal contratado, con el cual comparte los mismos puestos de trabajo, peor condición que también se produce respecto del límite temporal, que los contratados que ocupan vacante no tienen, y para los primeros la situación se termina en todo caso a los seis años".


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