• jueves, 28 de marzo de 2024
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ELECCIONES GENERALES 28-A

Elecciones entre rejas: los presos de la cárcel de Pamplona, entre los reclusos que menos votarán

solo pueden participar aquellos reclusos cuya condena de privación de libertad no lleve aparejada también la suspensión de su derecho al sufragio activo.

Un furgón policial se acerca a la entrada de la cárcel de Pamplona en la jornada en la que se espera la puesta en libertad bajo fianza de los miembros de La Manada PABLO LASAOSA
Un furgón policial se acerca a la entrada de la cárcel de Pamplona. PABLO LASAOSA

Un total de 4.880 presos de diferentes cárceles de España han solicitado votar por correo en las elecciones generales del domingo, más del doble que los internos que lo pidieron en los comicios de noviembre de 2011.

Según informa la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, el total de solicitudes representa el 12,76 por ciento de la población penitenciaria que puede participar en las elecciones, es decir, los presos de nacionalidad española -38.224- y que no estén internos en cárceles catalanas, pues la competencia es de la Generalitat.

Además, solo pueden participar aquellos reclusos cuya condena de privación de libertad no lleve aparejada también la suspensión de su derecho al sufragio activo.

Prisiones aclara también que los presos clasificados en tercer grado o régimen de semilibertad y que disfruten de permisos este fin de semana podrán depositar la papeleta directamente en la urna.

De los 4.880 que han solicitado el voto por correo, Andalucía es la comunidad que encabeza el número de peticiones (1.372) , seguida de Madrid (743) y Valencia (680).

Por centros penitenciarios son los de Picassent (Valencia), Asturias y Granada los que suman más solicitudes frente a las cárceles de Melilla, Pamplona y Ceuta.

Todos los presos que han mostrado su voluntad de votar por correo han de seguir el procedimiento de la normativa recogida tanto en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General como en diversos acuerdos de la Junta Electoral Central. 

Las normas electorales que regulan el voto por correo se exponen en todos los centros penitenciarios, donde además los internos pueden acudir a sesiones informativas de explicación y aclaración sobre el procedimiento de votación. 

El director de cada prisión -o la persona en quien delegue- solicita a la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos que un funcionario de este servicio se desplace al centro con los impresos de solicitud de inscripción en el censo que pudieran ser necesarios para que, allí mismo, sean cumplimentados por los internos que quieran ejercer su derecho al voto. 

Con posterioridad, la Oficina del Censo Electoral remite a la prisión sobres y papeletas que le serán entregadas personalmente por el funcionario de Correos al preso que lo haya solicitado y que introducirá en un sobre su voto. 

Será el funcionario de Correos el encargado de hacer llegar estos sobres a las correspondientes mesas electorales el día de la votación.


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