• martes, 19 de marzo de 2024
  • Actualizado 12:33
 
 

DEPORTE

Luz verde para la celebración de eventos deportivos en Navarra: tendrán que contar con un informe previo favorable

También se han autorizado las competiciones en deportes de contacto u oposición en las categorías juvenil y cadete, así como en algunas divisiones de categoría senior.

Carrera de la Mujer por las calles de Pamplona. PABLO LASAOSA
Carrera de la Mujer por las calles de Pamplona. PABLO LASAOSA

El Instituto Navarro del Deporte (IND) ha autorizado la organización de eventos deportivos que deberán contar con un informe previo favorable del Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra y del IND, y la disputa de competiciones en deportes de contacto u oposición en las categorías juvenil y cadete, así como en algunas divisiones de categoría senior que aún no podían hacerlo.

En la resolución publicada este jueves, el IND además desarrolla las condiciones de entrada y salida de deportistas para las competiciones autonómicas que se contempla en el último Decreto Foral de la Presidenta de Navarra.

Se entiende por evento deportivo a aquel acontecimiento esporádico o puntual, cuya celebración repercuta de manera importante en el lugar donde se organiza por su alcance social y mediático, trascendencia económica, alta participación o complejidad organizativa, ha informado el Gobierno.

La entidad que pretenda organizar y celebrar un evento deportivo deberá remitir previamente al Instituto Navarro del Deporte un protocolo de actuación donde se establezcan las medidas específicas de protección de la salud de todas las personas implicadas, de acuerdo con los criterios establecidos por las autoridades sanitarias. Tanto el IND como el Instituto de Salud Pública y Laboral de Navarra deberán emitir un informe favorable.

En cuanto a las competiciones de deportes de contacto u oposición, se ha establecido el 26 de febrero como la fecha a partir de la cual puede empezar la disputa de las categorías juveniles y cadetes, y de aquellas absolutas o senior que no estaban contempladas en la anterior resolución.

El inicio del resto de competiciones oficiales de ámbito navarro, correspondientes a deportes de contacto u oposición que pertenecen a las categorías inferiores, se autorizarán por el Instituto Navarro del Deporte en función de la situación epidemiológica y del criterio de las autoridades sanitarias.

La resolución del IND recuerda, además, las medidas en las que debe desarrollarse la actividad deportiva así como las condiciones en las que se celebrarán las competiciones, tanto en deportes de contacto como en los que no lo son; los aforos de participación en pruebas al aire libre y a cubierto; entrenamientos; actividades dirigidas; y uso deportivo de piscinas.

MOVILIDAD DE DEPORTISTAS EN CATEGORÍA AUTONÓMICA

El último Decreto Foral de la Presidenta incluye como novedad en las excepciones a la salida y entrada de Navarra, a los deportistas, equipos técnicos y arbitrales de competiciones oficiales de ámbito autonómico.

La resolución del IND señala que la finalidad de esta medida es la de permitir la entrada y salida para entrenamientos y competiciones a aquellos deportistas de fuera de la Comunidad que pertenecen a equipos navarros que participan en ligas regulares desarrolladas íntegramente en Navarra; y al mismo tiempo para deportistas navarros que pertenecen a equipos de comunidades limítrofes, o de la propia Comunidad Foral Navarra, y que participan en ligas regulares desarrolladas íntegramente en esas comunidades.

OTRAS MEDIDAS NUEVAS PARA EL DEPORTE

El Departamento de Salud ha marcado pautas que también afectan al deporte como que las personas corredoras deberán llevar la mascarilla siempre que no puedan garantizar una distancia interpersonal de 1,5 metros. Además, se recomienda que en lugares donde haya gran afluencia de personas, como parques, paseos fluviales, o cascos urbanos, se realice la actividad de forma individual.

También señala que los grupos para la realización de actividades físico-deportivas dirigidas en espacios cerrados podrán ser de diez personas, cuando antes eran de seis. No obstante, podrán realizarse en grupos de 15 personas, si la instalación reúne las condiciones de 5 metros cuadrados por participante para actividades de baja movilidad, y de 16 metros cuadrados por participante, para actividades de alta movilidad, ventilación natural o forzada (mecánica) sin recirculación de aire.


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