• jueves, 28 de marzo de 2024
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HACIENDA

Hacienda vigilará los Bizum: esta es la cantidad a partir de la cual hay que declarar

Superar el límite y no declararlo puede suponer una multa de alrededor del 50 por ciento de la cantidad enviada.

Un usuario se dispone a hacer una operación mediante la aplicación de Bizum. NAVARRA.COM
Un usuario se dispone a hacer una operación mediante la aplicación de Bizum. NAVARRA.COM

La aplicación Bizum se ha convertido en uno de los medios más utilizados por los españoles para hacer pequeñas transferencias de dinero. Y Hacienda lo sabe, de manera que ha anunciado que estará vigilante con el objetivo de aflorar en la mayor medida posible cantidades que procedan de la economía sumergida.

Y es que, tal y como recoge la Ley General Tributaria, los bancos están "obligados a proporcionar a la Administración toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas".

La ley fija el límite de 10.000 euros, cantidad a partir de la cual, el ciudadano está obligado a incluirla en su declaración de la renta. Si bien, no es óbice para que la Agencia Tributaria, en el ejercicio de sus competencias, pueda reclamar al banco en cuestión que le suministre los datos independientemente de la cantidad enviada.

Bien es cierto que Bizum limita la cantidad que se puede enviar a 500 euros en cada operación, con un máximo de 1.200 euros al día y 5.000 al mes, pero desde la Agencia Tributaria quieren evitar que a base de pequeños envíos se genere dinero negro. 

En este sentido, la reiteración de envíos de cantidades legales pueden dar pie a una investigación fiscal que podría desembocar en una sanción económica equivalente hasta el 50% de las cantidades enviada. Además, si no se pueden justificar los envíos, la ley contempla sanciones que pueden ir de los 60.000€ hasta los 150.000.


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