• miércoles, 24 de abril de 2024
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SOCIEDAD

Hacienda lanza una campaña informativa para resolver dudas sobre la reforma fiscal

Ha abierto este miércoles una campaña para resolver las dudas sobre la reforma fiscal recientemente aprobada por el Parlamento.

En la web informativa se hace hincapié en las novedades sobre la deducción por inversión en vivienda.
En la web informativa se hace hincapié en las novedades sobre la deducción por inversión en vivienda.

La Hacienda Tributaria de Navarra ha abierto este miércoles una campaña informativa para resolver las dudas que particulares, empresas y profesionales puedan tener sobre la reforma fiscal recientemente aprobada por el Parlamento, con efectos del 1 de enero de 2016.

La atención se canalizará a través la página web navarra.es/reformafiscal2016  alojada en el portal del Gobierno de Navarra en internet, www.navarra.es; del teléfono 948 50 51 52, activo de lunes a viernes de 8,30 a 17,30 horas; y del correo electró[email protected].

Para que Hacienda pueda responder a consultas concretas que requieran el acceso a los datos de carácter personal, es preciso que particulares y entidades proporcionen su NIF y PIN. En caso contrario, solo podrá atender consultas generales.

La página web recoge las principales novedades de los diferentes tipos impositivos: IRPF, Impuesto de Sociedades; Patrimonio; y Sucesiones y Otros.

Asimismo, incorpora un apartado de preguntas frecuentes y explica los motivos por los que el Gobierno de Navarra ha modificado el sistema tributario: reforzar la progresividad del sistema tributario, de manera que la presión fiscal sea más elevada cuanto mayor sea la renta y el patrimonio; fortalecer los servicios públicos; y favorecer la recuperación económica y el empleo de calidad, puesto que se apoyará a las empresas que realicen contratos de 1,7 veces el SMI y estable (mínimo 2 años).

INVERSIÓN EN VIVIENDA HABITUAL

El Ejecutivo aclara que los navarros y navarras no van a pagar más que en otras comunidades, ya que el Convenio Económico obliga a la Comunidad Foral a mantener “una presión fiscal efectiva global equivalente a la existente en el resto del Estado”. Puede haber diferencias si se desciende a casos particulares.

Se espera que la mayor parte de las consultas versen sobre las inversiones en vivienda habitual, dado que este tema es recurrente en las preguntas que la ciudadanía traslada a Hacienda.

La deducción por inversión en vivienda habitual no desaparece, aunque sí ha sido objeto de una reforma sustancial. Con carácter general, solamente dará derecho a deducción la adquisición de vivienda habitual de protección oficial o de precio tasado. Se mantienen determinados límites máximos de rentas para poder aplicar la deducción, pero se introducen cambios significativos tanto en los importes de esos límites como en las reglas para calcularlos.

Con el fin de no perjudicar a los sujetos pasivos que están aplicando la deducción en la actualidad, se regulan dos regímenes transitorios para la aplicación de la deducción en los casos de viviendas adquiridas o rehabilitadas antes de 1 de enero de 2013 y entre esta fecha y el 31 de diciembre de 2015.

Las novedades son las siguientes:

1.- Cuenta vivienda: las imposiciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2016 ya no son deducibles.

2.- ¿Cuáles son los requisitos para poder practicar la deducción en la compra de una casa?

Se mantiene la deducción por la adquisición de la vivienda habitual siempre y cuando:

• La vivienda, que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del sujeto pasivo, haya sido calificada como vivienda protegida sobre la que subsista en el momento de la adquisición una limitación del precio de venta.

• La suma de bases imponibles sea inferior: a 24.000 euros; 27.000 euros, para sujetos pasivos con uno o dos hijos o hijas; o 30.000 euros, para familias numerosas. Estas cuantías se incrementarán en 3.000 euros por sujeto pasivo, con un grado de discapacidad superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100, o en 7.000 euros si el grado de discapacidad es igual o superior al 65 por 100. Los importes señalados en este párrafo serán respectivamente 1.500 euros ó 3.500 euros por cada descendiente con discapacidad

3.- ¿Deducen las cantidades empleadas en la rehabilitación de la vivienda habitual?

No. Con carácter general, desaparece la deducción por rehabilitación. Sí se mantiene la deducción por obras e instalaciones de adecuación en la vivienda habitual para las personas discapacitadas aunque no sean viviendas de protección oficial o de precio tasado.

4.- Deducción por préstamo hipotecario para quienes adquirieron o rehabilitaron su vivienda habitual antes del 31 de diciembre de 2015:

Las personas que la adquirieron/rehabilitaron antes de 01/01/2013, podrán deducir el 15% (18%, 30% según el número de hijos de la unidad familiar) de las cantidades satisfechas con el límite de 7.000 euros anuales y 15.000 euros anuales en caso tributación conjunta. Siguen siendo de aplicación los porcentajes del 20%, 23% y 35% en el supuesto de adquisición de viviendas de protección oficial, de precio tasado o de precio libre limitado adquiridas hasta 31/12/2011.

Las personas que la adquirieron/rehabilitaron entre el 01/01/2013 y 31/12/2015, además de lo dispuesto en el párrafo anterior, para que proceda la deducción la base imponible del sujeto pasivo no podrá superar 20.000 euros y 22.000 euros en caso de familias numerosas (en el caso de tributación conjunta, la suma de las bases imponibles no podrá exceder de 40.000 y 44.000 euros).

También se esperan preguntas sobre los planes de pensiones y sobre las retribuciones en especie (hijo o hija que no paga matrícula en el centro en el que trabaja su padre, por ejemplo). Respecto a los primeros, seguirán deduciendo las aportaciones, si bien se reduce el límite de la aportación. Y respecto a las retribuciones en especie, se tendrá en cuenta para valorarlo el precio público, con el límite del 10% del sueldo que perciba el empleado.

FISCALIDAD EN EMPRESAS

Navarra mantiene en líneas generales una mejor tributación equivalente a la del Estado o la CAV (territorio foral con estructura económica similar), particularmente para las empresas. Solo un 6,6% de la recaudación total procede del impuesto de sociedades.

Únicamente se ha subido el tipo impositivo a las grandes empresas, del 25% al 28% (en años anteriores el tipo estuvo al menos en el 30%). Se verán afectadas en general aquellas con cifra de negocios igual o superior a diez millones de euros, con un efecto medio 1,65 euros de cuota por cada 1.000 euros de ventas. La inmensa mayoría de micropymes y pymes no va a verse afectada. Los tipos (23% y 19% respectivamente) seguirán por debajo que en el Estado (ambas 25%) y la CAV. Y en cuanto a SAL y cooperativas, el tipo es del 17%. En el Estado no hay trato especial.

RECUPERAR EL ESCENARIO TRIBUTARIO DE 2014

Según recoge la web, la reforma fiscal surge porque en el periodo 2010-2015, la Administración Foral ha perdido 771 millones de euros de capacidad de financiación, por tres factores: incremento de la aportación al Estado, mayores intereses del pago de la deuda pública y una menor capacidad de financiación con cargo al objetivo de déficit (de -483,81 a -127,85 millones). Aproximadamente, se trata de un 20% menos de capacidad financiera, en relación con los Presupuestos Generales.

En este contexto de pérdida de recursos, el Ejecutivo tiene que hacer frente a la reforma fiscal introducida en 2014, que detraerá 103 millones de euros de ingresos a Hacienda en dos años (2015 y 2016).

Las modificaciones recientemente aprobadas por el Parlamento tratan de recuperar el escenario tributario vigente hasta 2014. Según las estimaciones de la Hacienda Tributaria de Navarra, de la reforma fiscal tendrá un efecto de 127,18 millones de euros en la recaudación tributaria de 2016 y 2017. Para 2016, se prevé un incremento de la recaudación del 1,5%.

El 62% de las declaraciones contribuirían en la declaración que se hace en 2017 lo mismo o menos que en la campaña de la renta que se presenta en 2015, y el 37%, más. El esfuerzo fiscal se realizará de manera gradual a partir de rendimientos de unos 22.000 euros al año y sobre todo a los de más de 60.000 euros. Por ejemplo, para rentas de 30.000 euros la subida es de 75 euros al año respecto a 2015.

Otras ventajas son el hecho de que los mínimos personales y familiares pasarán de reducir en la base imponible a deducir en la cuota íntegra. En la actualidad los hijos para las rentas altas llegan a reducir impuesto el doble que para las rentas bajas. Y las personas dependientes tendrán las mismas desgravaciones fiscales en el IRPF que las personas con discapacidad.

También se impulsa un entorno “más ecológico” a través de la deducción para inversiones en la producción de energía renovable para autoconsumo.

En el impuestos sobre Patrimonio, lo habitual será pagar a partir de un patrimonio neto (deduciendo deudas) de 800.000 euros, cantidad que resulta del mínimo exento de 550.000 euros más 250.000 exentos por vivienda habitual.


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