• viernes, 29 de marzo de 2024
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SOCIEDAD

El Gobierno de Navarra suspende la atención presencial al público debido al coronavirus

Además, se va a garantizar la distancia de aproximadamente dos metros entre los diferentes puestos y se podría recurrir al teletrabajo.

El consejero de Hacienda y Política Financiera, Mikel Aranburu, visita las oficinas de Hacienda en el día de apertura de la Campaña presencial de la Renta 2018. IÑIGO ALZUGARAY
Funcionarios atienden a ciudadanos en una oficina de navarra. IÑIGO ALZUGARAY

El Gobierno de Navarra ha aprobado este domingo un nuevo paquete de medidas preventivas en los centros de trabajo de la Administración foral, con el fin de garantizar la seguridad y los derechos del personal y al mismo tiempo facilitar la prestación de los servicios públicos ante la situación extraordinaria generada por la evolución del coronavirus y la declaración del estado de alarma.

Mediante la Orden Foral 48/2020, de 15 de marzo, del Consejero de Presidencia, Igualdad, Función Pública e Interior -que se publicará en el Boletín Oficial de Navarra mañana lunes- se establecen una serie de medidas organizativas y en los centros de trabajo entre las que se incluyen suspender la atención presencial al público (que será telemática y telefónica) y garantizar la distancia de aproximadamente dos metros entre los puestos de trabajo.

Si no es posible establecer esa distancia se podrá recurrir al teletrabajo o combinar trabajo presencial y no presencial. La distancia de dos metros entre personas también se aplicará para la celebración de aquellas reuniones que sean imprescindibles.

Las direcciones generales o responsables del personal adoptarán las decisiones organizativas necesarias para conjugar la garantía de las medidas preventivas con la prestación del servicio. A estos efectos se podrán adoptar medidas de flexibilidad de la jornada laboral y, en el caso de que sea imprescindible, se permitirá la permanencia del personal en su domicilio, teniendo la consideración de deber inexcusable.

Además, la permanencia en el domicilio del personal de aquellos centros que se hayan cerrado o donde se haya suspendido la actividad (museos, centros deportivos, centros educativos, etc.) tendrá consideración de tiempo de trabajo efectivo. No obstante se tendrá que seguir las indicaciones de los órganos responsables para el desarrollo de tareas no presenciales que puedan desarrollar desde sus casas.

Por último, se limita a casos imprescindibles el uso de ascensores, la entrada a centros de trabajo de personas que no estén en la plantilla y se restringe el uso de zonas comunes como comedores, vestuarios y zonas de café. Se garantiza la limpieza de centros y se pide al personal seguir escrupulosamente las medidas de higiene de manos, distanciamiento social y medidas respiratorias.


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