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SOCIEDAD

El Gobierno de Pedro Sánchez impedirá que las autonomías adelanten el toque de queda antes de las 22 horas

El Gobierno ha decidido recurrir el acuerdo de la Junta de Castilla y León que limita la movilidad en la Comunidad desde las 20 horas.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se retira la mascarilla antes de ofrecer la última rueda de prensa  posterior a la reunión del Consejo de Ministros y antes de las vacaciones, en Moncloa, en Madrid (España), a 4 de agosto de 2020

04 AGOSTO 2020 POLÍTICA;GOBIERNO;PSOE

4/8/2020
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se retira la mascarilla antes de ofrecer una rueda de prensa. ARCHIVO

El Gobierno ha decidido recurrir el acuerdo de la Junta de Castilla y León que limita la movilidad en la Comunidad desde las 20 horas, ha informado el Ministerio de la Presidencia.

La Junta de Castilla y León determinó el viernes adelantar la limitación de la libertad de circulación en esa región a las 20 horas.

Sin embargo, el Gobierno considera que esta decisión vulnera el decreto que regula el estado de alarma que estipulaba que el horario nocturno sería entre las 23:00 y las 6:00 horas, al mismo tiempo que daba de margen a las comunidades autónomas para poder adelantarlo hasta las 22 horas como máximo.

El Gobierno que preside Pedro Sánchez ha anunciado este domingo que "ha solicitado a la Abogacía General del Estado que interponga recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo contra el Acuerdo 2/2021, de 15 de enero, del presidente de la Junta de Castilla y León (como autoridad competente delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020,de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2)".

El Ejecutivo considera que la regulación de la Junta de Castilla y León vulnera el Real Decreto "que, al declarar el estado de alarma, determinó expresamente en su artículo 5 como período para las limitaciones de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno el comprendido entre las 23:00 y las 6:00, posibilitando tan solo que las autoridades competentes delegadas pudieran determinar en su ámbito territorial 'que la hora de comienzo de la limitación prevista [....] sea entre las 22:00 y las 00:00 horas y la hora de finalización de dicha limitación sea entre las 5:00 y las 7:00 horas".

"Al fijar como hora de comienzo de la limitación las 20:00 horas, el acuerdo infringe nítidamente la regulación mencionada", señala el comunicado de la Presidencia del Gobierno, que añade: sin que tal infracción pueda negarse acogiéndose a las facultades de "modulación" otorgadas a las autoridades competentes delegadas.


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