• viernes, 29 de marzo de 2024
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SOCIEDAD

Inscribirse para los encierros y controles en las plazas: la vuelta a los festejos taurinos en España

El objetivo principal es orientar a las empresas y entidades organizadoras de estos eventos taurinos con el fin de compaginar el impulso y desarrollo de las actividades económicas y del ocio.

Los toros de la ganadería sevillana de Miura, a su entrada en la plaza de Toros de Pamplona, durante el octavo y último encierro de los Sanfermines 2019. EFE/Manuel Castells
Los toros de la ganadería sevillana de Miura, a su entrada en la plaza de Toros de Pamplona, durante el octavo y último encierro de los Sanfermines 2019. ARCHIVO

Con motivo de evitar contagios como consecuencia de la Covid-19, la Consejería de Hacienda y Administraciones públicas, ha diseñado unas medidas para contener y prevenir la difusión del virus en los festejos y espectáculos del sector taurino.

El objetivo principal es orientar a las empresas y entidades organizadoras de estos eventos taurinos con el fin de compaginar el impulso y desarrollo de las actividades económicas y del ocio con la prevención necesaria en materia de salud en esta nueva normalidad.

Las medidas que contempla el Decreto 24/2020 de 19 de junio se basan en la puesta en práctica del control del afoto y acceso a las plazas, instalaciones y recintos taurinos, itinerarios para ejecutantes y público, medidas de limpieza y desinfección, así como otras medidas específicas adaptadas a cada tipo de festejo en particular.

El decreto señala en particular aquellas que son recomensables para incluir en el plan de contingencia que deben presentar los organizadores previamente a la concesión de la autorización por las Delegaciones Provinciales de la Consejería, cuando se soliciten encierros tradicionales, tanto en vías urbanas como en el campo.

La disposición adicional tercera del Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, establece que las medidas preventivas reguladas en este decreto sobre celebración de espectáculos y festejos taurinos populares podrán ser completadas por guías aprobadas por la persona titular de la Consejería competente en materia de hacienda y administraciones públicas, previo informe de la Consejería competente en materia sanitaria.

MEDIDAS ORGANIZATIVAS Y DE CONTROL EN LOS RECINTOS TAURINOS

Entre ellas destaca el aforo máximo de acceso, un 75% del total, así como evitar aglomeraciones en la apertura de las puertas de las plazas o en las taquillas, accesos, zonas de escaleras, pasillos y zonas comunes de paso.

Asímismo tampoco se podrá entregar ningún tipo de folleto ni programa de papel al público. También se recomienda en su artículo 2.6 evitar pausas intermedias o la venta o alquiler de almohadillas no desechables, así como arrojar cualquier tipo de objeto al ruedo. 

Finalmente, se hace especial incapié en evitar sobre todo las aglomeraciones en la salida de la puerta grande al finalizar el espectáculo.

DESARROLLO DE LOS ESPECTÁCULOS Y FESTEJOS TAURINOS POPULARES

En los espectáculos taurinos se resalta el aforo total que debe ocupar el callejón de la plaza estando únicamente presentes los profesionales taurinos y su cuadrilla

En los burladeros del callejón sólo se permitirá la presencia de personal cuya actuación deba ser necesaria de manera inmediata (asistencias médicas, agentes de la autoridad).

El espacio que ocupará cada persona que haga uso de los burladeros, deberá está delimitado y numerado, teniendo en cuenta en todo caso la distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio. Cada pase de callejón deberá ir numerado, debiendo la persona portadora del mismo ceñirse al espacio de burladero asignado.

Por su parte, en los festejos taurinos populares también se resalta la importancia de mantener la distancia de seguridad de las personas que participen en el ruedo. 

En los recorridos de los encierros tradicionales de reses por el campo, se recomienda que la zona de suelta esté reservada a caballistas y miembros de la organización del encierro, respetándose la ocupación de cuatro metros cuadrados de superficie por cada persona ; y que en las zonas de espectadores, el público asistente permanezca en el interior de sus vehículos o en gradas dispuestas al efecto, aplicándose para su ocupación, en este último caso, lo establecido para plazas, recintos e instalaciones taurinas.


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