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SOCIEDAD

El Estado de Alarma de Navarra: estas son las claves de las nuevas medidas y restricciones

Entran en vigor el miércoles y se engloban en ocho grandes grupos. Algunas se mantendrán hasta el 4 de noviembre y otras hasta el final del Estado de Alarma

Trabajadores de un tanatorio de Pamplona desinfectan sus EPIs después de sacar del Hospital de Navarra un ataúd para proceder a su desinfección antes de trasladarlo al cementerio. La Asociación Nacional de Servicios Funerarios (PANASEF) ha enviado a Navarra material de protección frente al contagio por coronavirus para los trabajadores de los tanatorios existentes en la Comunidad foral que viven estos días "una calma tensa". Se han suministrado a las distintas empresas buzos, guantes, mascarillas, pantallas protectoras y geles hidroalcohólicos en función de las necesidades y la urgencia para intentar así asegurar la salud de los trabajadores de los tanatorios, en especial de quienes deben recoger las cuerpos de las personas fallecidas y llevarlos hasta al lugar de entierro o incineración. EFE/ Iñaki Porto
Trabajadores de un tanatorio de Pamplona desinfectan sus EPIs después de sacar del Hospital de Navarra un ataúd para proceder a su desinfección EFE/ Iñaki Porto

Navarra ha adaptado el Estado de Alarma. Un día después de que el Gobierno de España decretara su aplicación en todo el territorio nacional, Javier Remírez, vicepresidente primero, y Santos Induráin, consejera de Salud, han comparecido en rueda de prensa para anunciar las modificaciones pertinentes para la Comunidad Foral. 

La más novedosa ha sido la prohibición de contactos con personas no convivientes en el ámbito privado y el mantenimiento del toque de queda a las 23:00 horas. Las medidas entrarán en vigor el miércoles 28 de octubre, una vez que se publique en el Boletín Oficial de Navarra (BON).

Los anuncios se engloban en ocho grandes áreas:

1. LIMITACIÓN DE MOVIMIENTOS

Se restringe la movilidad entre las 23:00 horas y las 06:00 del día siguiente. Además, se mantiene el confinamiento perimetral, salvo por las causas justificadas ya anunciadas en anteriores días.

2. ÁMBITO PÚBLICO Y PRIVADO

Las reuniones quedan limitadas a un máximo de seis personas, tanto en el ámbito público como privado. En este último, tan solo se podrá estar con personas convivientes, de momento, hasta el 4 de noviembre.

3. HOSTELERÍA

Tal y como entró en vigor el pasado jueves, los bares y restaurantes permanecerán cerrados. En el caso de la entrega a domicilio, se podrá hasta las 21:00 horas. También se mantiene el cierre de bingos, salones de juego y recreativos

4. COMERCIOS

Los locales no podrán superar el 40% de aforo. Tampoco se podrán utilizar las zonas comunes y ni recreativas y el cierre será a las 21:00.

5. INSTALACIONES DEPORTIVAS

Se restringe el aforo hasta un 30% en el interior y un 40% en el exterior. Seguirá siendo necesaria cita previa en gimnasios y no se levanta la restricción en el uso de duchas.

6. TRANSPORTE URBANO

Como se anunció la semana pasada, el aforo en el transporte público se fija al 50%.

7. AUTOESCUELAS, ACADEMIAS Y LUGARES DE CULTO

El aforo de academias y autoescuelas se fija en el 30%. En el caso de lugares de culto, parques infantiles, teatros, cines y bibliotecas, al 40%.

8. RESIDENCIAS

Se suspenden las visitas y salidas de las residencias de mayores y discapacidad, "salvo en casos muy excepcionales",


El Gobierno de Navarra también ha querido recordar medidas básicas como el distanciamiento social (1,5 metros), el uso de mascarilla y gel hidroalcohólico, la ventilación y la desinfección de espacios y ha solicitado el uso de la aplicación Radar COVID.


REUNIONES ÁMBITO PRIVADO

En los espacios de uso privado -como pueden ser las viviendas- quedarán limitadas a la unidad convivencial, entendiéndose por tal las personas que conviven bajo el mismo techo, incluyendo a las personas cuidadoras y de ayuda.

Se exceptúan de esta limitación las siguientes situaciones: las personas que vivan solas y las personas dependientes, que podrán recibir visitas individuales y preferentemente de su ámbito familiar o social más cercano; las personas menores de edad cuyos progenitores vivan en domicilios diferentes; las personas con vínculo matrimonial o parejas de hecho que vivan en domicilios diferentes; y las personas que se encuentren en supuestos asimilados a los previstos anteriormente.

Las reuniones en lugares de tránsito público y las manifestaciones realizadas en el ejercicio del derecho fundamental regulado en el artículo 21 de la Constitución podrán limitarse, condicionarse o prohibirse cuando en la previa comunicación presentada por los promotores no quede garantizada la distancia personal necesaria para impedir los contagios.

No estarán incluidas en la limitación prevista anteriormente las actividades laborales, las institucionales, las de los centros docentes que impartan enseñanzas del artículo 3 de la Ley Orgánica de Educación, incluida la enseñanza universitaria, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

La vigencia de esta medida se fija hasta el 4 de noviembre incluido, pudiendo ser prorrogadas, modificada o dejada sin efecto en función de la situación epidemiológica.

SALIDAS EN EL TOQUE DE QUEDA

El ejecutivo Foral ha querido adelantarse a posibles excepciones de algunas de las medidas y ha anunciado, por ejemplo, que la movilidad durante del toque de queda estará permitida en casos como: sistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; o retorno al lugar de residencia habitual tras realizar algunas de las actividades previstas en este apartado.

También se permite la movilidad para asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad; cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada; y repostaje en gasolineras o estaciones de servicio, cuando resulte necesario para la realización de las actividades previstas en los párrafos anteriores. La vigencia de esta medida se fija hasta la finalización del estado de alarma.

ENTRADAS Y SALIDAS TERRITORIO

Los motivos adecuadamente justificados serán: asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales; o asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil y academias que imparten enseñanzas no regladas, y las autoescuelas.

También se incluyen como excepciones el retorno al lugar de residencia habitual o familiar; asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables; desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes; actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales; renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables; realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables; por causa de fuerza mayor o situación de necesidad y cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

La vigencia de esta medida se fija hasta el 4 de noviembre incluido, pudiendo ser prorrogada, modificada o dejada sin efecto en función de la situación epidemiológica.

JUEVES, REUNIÓN CON LA HOSTELERÍA

En otro orden de cosas, preguntado por el cierre de la hostelería y hasta cuándo podría durar esta medida, el vicepresidente primero, Javier Remírez, ha afirmado que "nuestro deseo es que cuanto antes vuelva la hostelería y cualquier sector a la normalidad porque las limitaciones también han afectado a otros sectores".

Y ha explicado que esta semana, en concreto el jueves a las 10.30 horas, se va a celebrar una reunión con el sector de la hostelería para "hablar de los paquetes y ayudas concretas".


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