• jueves, 28 de marzo de 2024
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SOCIEDAD

Un estudio realizado en Navarra alerta del peligro de especies exóticas invasoras

El código de conducta recopila las especies catalogadas como invasoras que se comercializan en la red.

El 'Aedes japonicus', una nueva especie invasora de mosquito proveniente de Oriente. - ADEPAP
El Aedes japonicus una nueva especie invasora de mosquito proveniente de Oriente. ADEPAP

Concienciar a comerciantes y consumidores del riesgo que suponen las especies exóticas invasoras (EEI) y prevenir una de sus principales vías de entrada: el comercio electrónico, es el objetivo del primer código de conducta sobre la materia elaborado en el marco del proyecto europeo Life Invasaqua.

El documento, elaborado en parte en Navarra, “Comercio electrónico de flora y fauna exótica invasora”, disponible en la web de Invasaqua para las organizaciones que deseen usarlo, está dirigido a los consumidores en general, a profesionales dedicados al comercio de plantas y animales de compañía y a sectores clave, como agentes de vigilancia, responsables de zoológicos y acuarios, o gestores ambientales.

El texto alerta de la amenaza que suponen las especies invasoras, lo costoso de su control y erradicación y las sanciones a las que pueden enfrentarse quienes posean, comercien o liberen en la Península Ibérica alguno de los 200 especímenes con esta catalogación (entre 3.000 y dos millones de euros en el caso de España).

Uno de sus principales capítulos recoge recomendaciones y buenas prácticas para comerciantes y consumidores, a quienes apela a informarse y a aplicar el principio de precaución antes de comprar o tener un animal o planta exótica susceptible de causar estragos si se libera en el medio natural.

Entre otros, explica a los comerciantes que la importación de un animal o planta potencialmente invasor debe contar con permisos emitidos por las autoridades competentes a nivel nacional, en el caso de España del Ministerio para la Transición Ecológica, que antes de dar la autorización debe realizar una evaluación del riesgo que puede suponer esa especie.

Una vez concedido el permiso, el comerciante debe guardar la documentación que acredite los datos de qué ha comprado y a quién, y en el caso de ser una especie amenazada, asegurar que cumple los requisitos del Convenio sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES).

En el caso de los ciudadanos, aquellos que compren una especie exótica deben contar con el certificado de legalidad de la tienda, y quien ya tuviera alguna planta o mascota con anterioridad a ser declarada invasora, debe entregarlo o registrar una declaración de tenencia responsable si desea conservarlo, en ambos casos a los organismos competentes en medio ambiente de su Comunidad Autónoma.

El código de conducta recopila las especies catalogadas como invasoras que se comercializan en la red, entre ellas plantas como el camalote o jacinto de agua, nenúfar mexicano, hierba de lagarto, maleza acuática brasileña, redondilla de agua, y y acordeón de agua.

Incluye también invertebrados como la almeja china, el cangrejo australiano, el caracol manzana, la gambusía, el chachito, y el percasol; anfibios como la rana toro, el sapo marino o la rana de uñas africana; reptiles como el galápago de Florida o la tortuga pintada; aves como el ganso del Nilo o el ibis sagrado; y mamíferos como el visón americano o el mapache.

El texto ha sido elaborado por científicos de las universidades de Murcia, Lleida, Navarra, Santiago de Compostela, Évora, Lisboa, el CSIC y la Asociación Portuguesa de Educación Ambiental (Aspea), en el marco del proyecto Life Invasaqua, en el que participa EFE, y está abierto a seguir enriqueciéndose con aportaciones que pueden ser dirigidas al correo electrónico [email protected] 


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