• viernes, 29 de marzo de 2024
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SOCIEDAD

Con una prestación debajo del brazo: las ayudas por paternidad superan a las de maternidad en Navarra

La Seguridad Social ha desembolsado en Navarra 16,3 millones en prestaciones por nacimiento y cuidado de menor en la primera mitad de 2019.

Una madre baña a su bebé en una bañera y le frota la cabeza con una esponja ARCHIVO
Una madre baña a su bebé en una bañera y le frota la cabeza con una esponja. ARCHIVO

El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) ha gestionado en Navarra entre enero y junio 1.697 prestaciones económicas de maternidad y 2.074 de paternidad.

En el conjunto del país han sido 124.867 prestaciones por maternidad y 140.716 por paternidad. Desde el 1 de abril, han pasado a denominarse prestaciones por nacimiento y cuidado de menor.

La Seguridad Social ha dedicado en la Comunidad foral algo más de 16 millones de euros, concretamente 16.329.195 euros, al pago de estas prestaciones entre enero y junio de 2019, de los que 11,54 millones corresponden a las hasta ahora denominadas prestaciones de maternidad y 4,79, a las del progenitor diferente a la madre biológica.

En el conjunto de España, el desembolso total asciende 982,1 millones de euros de los que 703 se han destinado a maternidad y 297, a paternidad.

PRESTACIONES DE MATERNIDAD

El Instituto Nacional de la Seguridad Social ha gestionado en Navarra hasta junio 1.697 prestaciones económicas de las denominadas hasta el 1 de abril de maternidad. Esto supone una merma del 14,12% respecto al primer semestre de 2018. El gasto se ha reducido un 9,12%.

Del conjunto de las prestaciones reconocidas, la mayor parte, 1.639, corresponden a permisos disfrutados por la madre y 58, a permisos de maternidad disfrutados por el padre. El número de procesos por maternidad percibidos por el padre ha descendido un 19,44% en consonancia con la ampliación del permiso que puede disfrutar el progenitor distinto a la madre biológica, que desde abril es de hasta 8 semanas.

La cuantía de la prestación por maternidad es equivalente al cien por cien del salario y se abona directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) durante las 16 semanas de permiso (ampliables en caso de parto múltiple en dos semanas más por cada hijo a partir del segundo).

Además, el padre puede disfrutar de hasta cuatro de estas semanas si la madre se lo cede. Estas semanas compartidas puede disfrutarlas al mismo tiempo que ella o a continuación. La Ley contempla también la posibilidad de disfrutar a tiempo parcial del permiso, ha informado la Delegación del Gobierno en una nota.

Cuando las trabajadoras estén cobrando la prestación por desempleo total y pasen a la situación de maternidad, percibirán la prestación correspondiente y, tras agotarla, reanudarán el cobro del desempleo por el tiempo que restara por percibir y en la cuantía que correspondiera en el momento de la suspensión.

LA AMPLIACIÓN DEL PERMISO DE PATERNIDAD

El número de procesos de paternidad entre enero y junio de 2019 ha sido de 2.074, un 1% menos que en el mismo periodo del año pasado. El gasto se ha incrementado un 20,89% respecto a 2018.

El Real Decreto-ley 6/2019 de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación establece desde abril que el permiso del progenitor distinto de la madre biológica sea de 8 semanas, de las cuales dos son obligatorias tras el nacimiento en caso de parto. Con anterioridad, ese permiso era de 5 semanas.

Este mismo Real Decreto prevé que en 2020 el permiso de ese otro progenitor sea de 12 semanas, con cuatro obligatorias tras el parto en caso de nacimiento; y que en 2021 ambas prestaciones de maternidad y paternidad se equiparen y pasen a denominarse prestaciones por nacimiento y cuidado de menor y se reconozcan como un derecho individual y no transferible al otro progenitor. Su duración será de 16 semanas y 6 de ellas deberán disfrutarse después del parto.

La cuantía del subsidio correspondiente al progenitor distinto de la madre biológica también es del 100% de la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.

EXCEDENCIA POR CUIDADO DE HIJO

Los trabajadores pueden solicitar excedencia para atender al cuidado de hijo o menor acogido o para el cuidado de otros familiares.

En este caso, la duración del periodo considerado de cotización efectiva dependerá de los supuestos contemplados en la Ley General de la Seguridad Social, modificada con la entrada en vigor de la Ley de Igualdad que amplió el alcance y duración de esta prestación.

Hasta junio de 2019, hay 995 excedencias por cuidado familiar registradas, de las cuales 897 corresponden a solicitudes presentadas por mujeres y 98, por hombres. La variación interanual ha sido del 0,51%, lo que ha supuesto un aumento de 5 excedencias respecto a 2018.


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