• jueves, 28 de marzo de 2024
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SAN FERMÍN 2022

Asirón ataca a las barras de la Plaza del Castillo y presenta un recurso para impedirlas

Diez bares de Pamplona contarán con un espacio en el centro de la ciudad durante las próximas fiestas. 

Varias personas ondean sus pañuelos desde la Plaza del Castillo de Pamplona en el Casino Principal
Varias personas ondean sus pañuelos desde la Plaza del Castillo de Pamplona en el Casino Principal en el último Chupinazo sanferminero. ARCHIVO

EH Bildu y su portavoz en el Ayuntamiento de Pamplona no quiere permitir bajo ningún concepto que 10 bares de la ciudad puedan tener unas barras en la Plaza del Castillo durante los próximos Sanfermines.

Las barras en este punto neurálgico de la ciudad fue una decisión tomada por el consistorio tras decidir impedir las terrazas en Labrit, por lo que permitió a los bares de mabas zonas concurrir a alguno de estos espacios.  Contará con un espacio de barra tipo mostrador los establecimientos hosteleros Kabiya, Torreón del Castillo, Kiosko, Erronkari, El Mordisco, Gure Etxea, Tasca de Don José, Baviera, Txoko y Windsor.  Las diez barras tipo mostrador estarán orientadas al centro de la plaza y podrán abrir entre las 10 de la mañana y las 2.30 de la madrugada.

Mapa con los 10 bares que tendrán barras en la Plaza del Castillo en San Fermín.
Mapa con los 10 bares que tendrán barras en la Plaza del Castillo en San Fermín.

Sin embargo, Joseba Asirón y su equipo en el consistorio han presentado un recurso ante el propio Ayuntamiento en el que aseguran que el condicionado que sustenta el expediente de las diez barras en la Plaza del Castillo vulnera hasta cuatro leyes o normas distintas tanto a nivel local, como foral y estatal.

Según los abertzales, que fomentan sin embargo la colocación de las txoznas, se trata de la Ordenanza de Higiene Alimentaria del Ayuntamiento de Pamplona, de la Ley Foral 14/2018 de Residuos y su Fiscalidad, de la Ley 7/2022 de Residuos y Suelos Contaminados y de la legislación que regula la libre concurrencia en la contratación pública tanto en el Estado como en Navarra. 

En primer lugar, EH Bildu advierte que en el condicionado “no existe explicación alguna ni existe informe técnico-sanitario” que justifique que estas barras carezcan de agua corriente y desagües “por lo que cabe pensar que no hay ninguna razón extraordinaria que empuje al Ayuntamiento a contradecir su propia normativa”. Permitir la colocación de estas infraestructuras de esa manera vulnera la normativa local de higiene alimentaria y “es muy grave porque afecta a una cuestión de sanidad pública y se hace con menoscabo de la salud de la ciudadanía”.

“Ni siquiera se exigen unas condiciones mínimas para garantizar un suministro suficiente de agua potable como alternativa a la no existencia de agua corriente”, cuestión que vulneraría lo exigido en la normativa estatal de residuos y suelos contaminados. En segundo lugar, esa norma, en su artículo 18 apartado 3, establece que “en los establecimientos del sector de la hostelería se tendrá que ofrecer siempre a los consumidores, clientes o usuarios de sus servicios, la posibilidad de consumo de agua no envasada de manera gratuita”. “La cuestión raya la prevaricación porque se es perfectamente consciente de cuáles son las exigencias legales”, advierte EH Bildu.

En tercer lugar, siempre según EH Bildu, el expediente tampoco cumple la normativa foral relativa a Residuos y su Fiscalidad en la que se fomenta el uso de vajilla reutilizable. “La previsión de permitir que los vasos que se vayan a utilizar en esos espacios puedan ser de un solo uso es, justamente, lo contrario de lo que pretende esta normativa”, advierte el recurso que, seguidamente, sentencia: “Pudiendo establecer en el condicionado las previsiones relativas al principio de la menor generación de residuos posible, ha optado este Ayuntamiento por la opción radicalmente contraria”.

Finalmente, el recurso incide en la vulneración del principio de libre concurrencia a la hora de optar a colocar las barras. “No tenemos el más mínimo interés en que sean unas personas o empresas concretas las que gestionen estas instalaciones, pero sí nos preocupa que, por ejemplo, se haya venido sosteniendo en el caso del reparto de las huertas de Etxabakoitz que primar la cercanía (a la hora de la concesión) era ilegal”, recuerda EH Bildu. “No se puede soplar y sorber al mismo tiempo. O se puede restringir la concurrencia por razones de cercanía geográfica o no se puede”, asegura.


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