• jueves, 28 de marzo de 2024
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POLÍTICA

Un tribunal advierte que la alcaldesa de Viana sobrepasó sus competencias al impedir una votación

El grupo de UPN en la oposición pedía un estudio para esclarecer la ejecución de las obras de un proyecto de urbanización, algo que no llegó a votarse en el pleno.

Imagen de archivo del Ayuntamiento de Viana.
Imagen de archivo del Ayuntamiento de Viana. ARCHIVO

El Tribunal Administrativo de Navarra (TAN) ha anulado por “contraria de Derecho” la decisión de la alcaldesa de Viana, Yolanda González (PSN), de denegar la votación de una moción de UPN en la que se pedía la realización de un estudio técnico para esclarecer la ejecución de las obras del proyecto de urbanización conocido como PDC-1 y sobre el reparto de costes.

Esta petición constituía el único punto del orden del día de un pleno extraordinario que se celebró el pasado 26 de octubre a solicitud de los cuatro concejales del grupo municipal de UPN.

El objetivo de la petición de UPN, según han especificado los regionalistas en una nota, era disipar las "importantes dudas y desacuerdos" en torno a un proyecto polémico, impulsado en 2006, y que ha consistido en la creación de un vial que conecta la zona residencial de La Vizcaína con el núcleo urbano y la dotación de los correspondientes servicios y suministros para las parcelas particulares adyacentes.

UPN de Viana pidió en aquel pleno de octubre que se realizara un estudio técnico para esclarecer la ejecución de las obras del Proyecto de Urbanización PDC-1 y el reparto de costes que han sido repercutidos a la treintena de propietarios de los terrenos, entre los que se encuentra el concejal de Cambiemos Viana, Carlos Barragán.

Los regionalistas decidieron llevar esta iniciativa para su debate en un pleno extraordinario después de que un mes antes, en el pleno ordinario del 19 de septiembre, la alcaldesa, Yolanda González (PSN), impidiera también su tramitación.

En su resolución, el TAN destaca que la alcaldesa de Viana, al denegar la votación del punto sobre la PDC-1, “sobrepasó las atribuciones que le corresponde como presidenta del mencionado órgano colegiado. Una vez sometido un asunto al Pleno compete a éste la decisión del mismo y la Alcaldía no puede retirar dicho asunto, salvo que no exista el quorum suficiente para el que Pleno decida sobre el mismo”.

El tribunal señala, además, que “visto que se ha prohibido que el Pleno ejerza su derecho a voto de un asunto sometido y debatido en el mismo, se ha producido la vulneración de un derecho fundamental consagrado y amparado por nuestra Constitución”.

El grupo municipal regionalista ha insistido en pedir “transparencia” y en que “no se pongan trabas a la creación de una comisión, tal y como ya aprobó un pleno municipal de 21 de noviembre de 2014, en la que estén presentes los vecinos afectados”.

Asimismo, entiende que el Ayuntamiento “tiene la obligación moral de disipar en la medida de sus posibilidades las dudas suscitadas en torno al reparto de costes resultante de la urbanización PDC-1”.

“Resulta manifiesto que la alcaldesa, Yolanda González, se resiste a practicar la transparencia que tanto pregonó en agosto de 2017, cuando llegó a la alcaldía a través de una moción de censura que sólo ha provocado mala gestión, enfrentamientos, y una forma de gestionar a la que están poniendo reparos una y otra vez los técnicos municipales y el TAN”, concluyen los regionalistas.


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