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POLÍTICA

Velar por las obligaciones del Gobierno y los derechos ciudadanos: los nuevos miembros del Consejo de Transparencia

El Consejo se ocupará de informar de los proyectos normativos que desarrollen la Ley Foral de Transparencia y Gobierno Abierto o estén relacionados.

Cristina Ibarrola (Navarra Suma), Blanca Regúlez (Geroa Bai), Javier Lecumberri (PSN) y Adolfo Araiz (EH Bildu), nuevos miembros del Consejo de Transparencia PARLAMENTO DE NAVARRA
Cristina Ibarrola (Navarra Suma), Blanca Regúlez (Geroa Bai), Javier Lecumberri (PSN) y Adolfo Araiz (EH Bildu), nuevos miembros del Consejo de Transparencia PARLAMENTO DE NAVARRA

El pleno del Parlamento ha elegido este jueves a Cristina Ibarrola (Navarra Suma), Blanca Regúlez (Geroa Bai), Javier Lecumberri (PSN) y Adolfo Araiz (EH Bildu) como miembros del Consejo de Transparencia de Navarra, órgano en el que la Cámara tiene derecho a nombrar cuatro representantes.

Cristina Ibarrola, propuesta por Navarra Suma, ha obtenido 20 votos, mientras Javier Lecumberri, candidato de PSN, Blanca Regúlez, aspirante de Geroa Bai, y Adolfo Araiz, postulado por EH Bildu, han recabado 11, 9 y 9 apoyos, respectivamente. En tres de los cuatro casos, los votos se corresponden con los escaños de cada grupo. EH Bildu, sin embargo, ha sumado los dos apoyos de Podemos. Se ha registrado un voto en blanco, vinculado a la posición de I-E.

La elección se ha llevado a cabo mediante votación secreta por papeletas, pudiendo cada parlamentario incluir un solo candidato, con su suplente, condición que ha recaído en Javier García (Navarra Suma), Jabi Arakama (Geroa Bai), Ainhoa Unzu (PSN) y Maiorga Ramírez (EH Bildu).

Los elegidos sustituyen a los exparlamentarios Patxi Leuza (Geroa Bai), Laura Pérez (Podemos), Guzmán Garmendia (PSN) y Sergio Sayas (UPN), designados el 30 de junio de 2016.

Creado a raíz de la modificación de la Ley Foral 11/2012 de Transparencia y Gobierno Abierto aprobada en pleno el 21 de abril de 2016, el Consejo de Transparencia de Navarra se configura como órgano independiente encargado de velar por el cumplimiento tanto de las obligaciones de publicidad activa por parte del Gobierno, como por el derecho de la ciudadanía a acceder a la información pública que obra en poder del Ejecutivo.

Son funciones del Consejo de Transparencia de Navarra conocer las reclamaciones contra las resoluciones expresas o presuntas en materia de acceso a la información pública emanadas de la Administración y del resto de entidades pertenecientes al sector público de la Comunidad Roncal, así como por las entidades locales y su respectivo sector público.

El Consejo se ocupará, además, de informar preceptivamente de los proyectos normativos que, en materia de transparencia, desarrollen la Ley Foral de Transparencia y Gobierno Abierto o estén relacionados con esta materia.

Además, evaluará el grado de aplicación y cumplimiento de las obligaciones en materia de transparencia por parte de las entidades e instituciones sujetas a ley, pudiendo también formular recomendaciones.

Sin perjuicio de la reclamación ante el Consejo, se podrá dirigir una queja al Defensor del Pueblo, cuya intervención no suspenderá el transcurso de los plazos para la interposición de la reclamación o recurso contencioso-administrativo que proceda, ha informado el Parlamento.

El Consejo presentará ante el Parlamento de Navarra una memoria sobre el desarrollo de sus actividades y el grado de cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley Foral 11/2012.

El presidente del Consejo de Transparencia de Navarra será designado por el Parlamento foral para un período de cuatro años no renovable, siendo necesaria mayoría absoluta.

Completan dicho órgano, amén de los cuatro miembros del Parlamento, un representante del departamento competente en la materia, tres de la Federación Navarra de Municipios y Consejos (FNMC), uno del Consejo de Navarra, uno de la Cámara de Comptos, otro del Defensor del Pueblo y un último de la UPNA.

El procedimiento de designación de todos estos corresponderá a la institución o entidad correspondiente, que podrá además nombrar un suplente para casos de enfermedad, ausencia o impedimento temporal.


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