• viernes, 19 de abril de 2024
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POLÍTICA

Los parlamentarios navarros podrán delegar el voto para no asistir al pleno y reducir su aforo

Un informe jurídico recomienda que el decreto ley foral del Gobierno con medidas por el Covid-19 se tramite como proyecto de ley.

Imagen de la celebración de la Mesa y Junta en el salón de plenos del Parlamento foral. EUROPA PRESS
Imagen de la celebración de la Mesa y Junta en el salón de plenos del Parlamento foral. EUROPA PRESS

La Mesa del Parlamento de Navarra, previo acuerdo vinculante de la Junta de Portavoces, ha aprobado este martes por unanimidad una resolución de Presidencia en la que se autoriza la delegación de voto en el pleno en circunstancias extraordinarias de carácter transitorio como en la actual situación de emergencia sanitaria por el coronavirus.

La medida se enmarca en el plan de contingencia aprobado por la Cámara para, en atención a las recomendaciones de las autoridades sanitarias, reducir la probabilidad de exposición y contagio a partir de una presencia física limitada a la estrictamente necesaria para hacer efectivo el ejercicio de participación política en condiciones seguridad.

Así lo ha decidido la Mesa y Junta de la Cámara en la sesión que han celebrado este martes por videoconferencia y en la que han conocido el informe elaborado por los servicios jurídicos en relación al ejercicio de las funciones parlamentarias que, por razones de urgencia, fueran imprescindibles ejercer.

En el informe se subraya la existencia de mecanismos técnicos y tecnológicos "suficientes" para celebrar sesiones de Mesa y Junta de Portavoces de forma no presencial, por videoconferencia, "sin que se altere el normal funcionamiento" de la institución.

Sin embargo, en el caso del pleno, se advierte de que con los actuales sistemas tecnológicos "no es posible la celebración de sesiones", por lo que se aconseja habilitar la delegación del voto en los portavoces (no es posible el voto telemático), a fin de realizar reuniones con presencia reducida".

Por ello, la Mesa, previo acuerdo de la Junta de Portavoces, ha aprobado una resolución de Presidencia para autorizar la delegación del voto, ya que "no es posible una sesión de pleno con 50 parlamentarios".

La delegación tendrá carácter voluntario y deberá formalizarse ante la Secretaría de la Cámara, que será la encargada de expedir la certificación correspondiente. La relación de votos delegados y el orden de prelación (votos presenciales + votos delegados) se concretarán este miércoles, en la sesión de Mesa y Junta de Portavoces convocada para las 17 horas.

Por otro lado, en el informe jurídico no se observan problemas para las comparecencias de los miembros del Gobierno de Navarra, ya sea a petición propia o a instancia de la Junta de Portavoces, siempre que, como en el resto de órganos, resulten "imprescindibles por razones de urgencia".

En este caso, para garantizar la seguridad y sin perjuicio de la adopción de cualquier otra medida que se estime pertinente, su celebración se trasladaría de las salas de comisión al salón de plenos.

En otro orden de cosas, el informe hace también alusión a la sustitución de los miembros de la Mesa, en el supuesto de que les resultara imposible ejercer sus funciones como consecuencia de dar positivo en coronavirus o tener que guardar cuarentena.

Según se recoge en el informe, "ni el Reglamento del Parlamento de Navarra ni el de otras Cámaras prevén tales supuestos, por lo que, llegado el caso, habría que adoptar medidas tendentes a salvaguardar el equilibrio de mayorías y minorías de la actual representación, respetando el resultado obtenido tal y como si hubiera participado".

TRAMITACIÓN COMO PROYECTO DE LEY

Por otro lado, en el informe los servicios jurídicos recomiendan que el decreto ley foral tramitado la semana pasada por el Gobierno de Navarra con medidas ante el coronavirus sea tramitado como proyecto de ley foral tras su convalidación, para "dotarlo de plena seguridad jurídica, ya que afecta a los Presupuestos de 2020".

En concreto, se recomienda hacer uso de la facultad contenida en el artículo 161.4 del Reglamento para que, tras su convalidación por el pleno, sea tramitado también como proyecto de ley foral por el procedimiento de urgencia. Se requiere que algún grupo lo solicite y la Cámara lo apruebe, bastando mayoría simple.

"El Decreto Foral por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus toca materias excluidas de su regulación, en concreto los Presupuestos Generales de Navarra para 2020. Dicha previsión choca con lo dispuesto en el artículo 21 bis 1 de la LORAFNA, donde se dispone que los decretos de ley no pueden afectar ni a los Presupuestos Generales de Navarra ni al régimen electoral", recoge el informe.

Por ello, para evitar una posible impugnación del decreto ley foral, el informe jurídico de la letrada mayor aconseja "su conversión en ley foral, al objeto de dotarlo de todas las garantías jurídicas necesarias para asegurar su plena eficacia".

El procedimiento para la Un informe jurídico recomienda que el decreto ley foral del Gobierno con medidas por el Covid-19 se tramite como proyecto de leyde los decretos leyes forales está regulado por el artículo 161 del Reglamento del Parlamento de Navarra, donde se prevé la intervención en pleno de un miembro del Gobierno, seguido de un debate de totalidad, con turnos a favor y en contra de 15 minutos (de mayor a menor representación), seguidos de un turno de réplica del Gobierno de 5 minutos.


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