• jueves, 28 de marzo de 2024
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ECONOMÍA

Cambios en el IVA en Navarra: estos son las modificaciones que pueden afectarte al bolsillo

Las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos pasan del 10% al 21%.

Latas de refresco ARCHIVO
Latas de refresco. ARCHIVO

El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión un Decreto Foral Legislativo por el que se modifica la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA).

El objetivo de este decreto, ha explicado Saiz, es "dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 32 del Convenio Económico entre el Estado y la Comunidad foral de Navarra, en virtud del cual, en lo relativo al Impuesto sobre el Valor Añadido, la Comunidad foral de Navarra aplicará los mismos principios básicos, normas sustantivas y formales vigentes en cada momento en el territorio del Estado".

Entre lo más significativo de este decreto, ha señalado, se excluye de la aplicación del tipo impositivo del 10%, pasando al 21%, a las entregas, adquisiciones intracomunitarias o importaciones de bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos.

Además, se prorroga hasta el 30 de abril de 2021 la aplicación del tipo impositivo del 0% a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la Covid-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios.

Hasta el pasado 31 de octubre de 2020, esta cuestión estuvo regulada en el Decreto-Ley Foral 4/2020, de 29 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus y el Decreto-Ley Foral 8/2020, de 17 de agosto, por el que se aprueban en la Comunidad Foral de Navarra medidas extraordinarias para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por Covid-19.

Por otra parte, con efectos desde el 19 de noviembre de 2020 y vigencia hasta el 31 de diciembre de 2021, se rebaja del 21 al 4%, el tipo impositivo del IVA aplicable a las mascarillas quirúrgicas desechables cuyos destinatarios sean distintos de los antes mencionados.

Por último, desde el 24 de diciembre de 2020 y con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022, se establece la aplicación del 0% del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de las vacunas y de los productos sanitarios para diagnóstico in vitro del COVID-19, así como a los servicios de transporte, almacenamiento y distribución de estos productos.


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