• jueves, 18 de abril de 2024
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ECONOMÍA

Modifican los plazos, beneficiarios y cuantías de las ayudas a empresas y autónomos en Navarra

Con las nuevas bases se incluyen en la convocatoria de ayudas las actividades agrícolas, ganaderas y forestares.

Varias facturas junto a una calculadora ARCHIVO
Varias facturas junto a una calculadora ARCHIVO

El Boletín Oficial de Navarra (BON) ha publicado este viernes la modificación de las bases reguladoras de las ayudas directas a autónomos y empresas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, por la que se amplían los plazos de cobertura, los beneficiarios potenciales y las cuantías de las subvenciones.

De esta forma, se amplía en cuatro meses el plazo de cobertura de las ayudas, que será ahora del 1 de marzo de 2020 al 30 de septiembre de 2021. Además, se prolonga hasta el 14 de octubre el plazo para solicitar estas subvenciones, y se prorroga hasta el 30 de noviembre el plazo para su justificación, ha informado el Ejecutivo foral en una nota.

En cuanto a la ampliación de la condición de beneficiarias, con las nuevas bases se incluyen en la convocatoria de ayudas las actividades agrícolas, ganaderas y forestares desarrolladas por las personas titulares de explotaciones inscritas con la consideración de profesionales de la agricultura en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra.

También con el propósito de incrementar el número de posibles receptores, la finalidad de estas ayudas no se limitará, a partir de ahora, a la satisfacción de deudas y pagos, ya que se incluye la posibilidad de que se puedan aplicar además a la compensación de pérdidas contables, en las que hayan incurrido los autónomos y empresas en el periodo subvencionable, es decir, entre el 1 de marzo de 2020 y 30 de septiembre de 2021.

Para la justificación de pérdidas contables, los autónomos y empresas deberán adjuntar a su solicitud un informe de auditoría, en el que se acredite que dichas pérdidas cumplen todos los requisitos exigibles para resultar subvencionables.

Con las nuevas bases reguladoras podrán igualmente ser beneficiarios de estas ayudas las personas y entidades que, aun habiendo tenido resultados netos negativos en 2019, estos fueran positivos en 2018, ya que esto permite entender que las beneficiarias podrán preservar, a través de las ayudas, su actividad y el empleo. Esta ampliación se extiende, por los mismos motivos, a las empresas que hayan sido dadas de alta o creadas durante el año 2019.

Igualmente, se ha modificado el cálculo del número de las personas empleadas de las beneficiarias que han desarrollado su actividad durante todo el ejercicio 2020. Esta nueva fórmula de cálculo del número de empleados permitirá que muchas empresas puedan pasar del 20% al 40% de intensidad en la ayuda.

A este respecto, la intensidad de las ayudas para las personas empresarias, profesionales y entidades cuyo volumen de operaciones anual haya caído más del 30% en 2020, con respecto a 2019, está establecida una ayuda máxima del 40% de la caída del volumen de operaciones que supere dicho 30%, para personas empresarias o profesionales que apliquen el régimen de estimación directa en el IRPF, así como para entidades y establecimientos, que tengan un máximo de 10 personas empleadas; y del 20% para los que tengan más de 10 personas empleadas.

El Gobierno de Navarra tiene habilitado el teléfono 848 433 300 para consultas, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 horas, y un correo electrónico: [email protected]. Se organizarán además sesiones informativas online sobre las bases actualizadas.


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